Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061384)
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y Fundación Diversión Solidaria para la promoción de actuaciones que mejoren la estancia de pacientes ingresados en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Universitario de Badajoz, a través de la música
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NÚMERO 77
Lunes 24 de abril de 2023

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— Canciones concretas.
— Actividades que impliquen el movimiento o la expresión corporal.
— Música para inducir al sueño.
— Creación de canciones, o
— Relajación musical, entre otras.
Tercera. Obligaciones de las partes.
La Vicepresidencia Segunda y Consejería de Sanidad y Servicios Sociales se compromete a:
1. E
 fectuar el seguimiento de las actividades que, en su caso, se desarrollen al amparo del
presente convenio.
2. D
 efinir, a través del Servicio de Participación Comunitaria en Salud, en coordinación con
los responsables de la UCI del HUB, los requisitos de acceso a los entornos donde se
lleve a cabo la actividad musical, atendiendo a la situación clínica del paciente según
criterio de los profesionales sanitarios.
3. D
 iseñar circuitos de comunicación para difundir las actividades que desarrolle Diversión
Solidaria en la UCI del HUB.
4. D
 ifundir en la página web de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Sanidad y
Servicios Sociales y otras páginas institucionales, la memoria anual de las actividades
realizadas por Diversión Solidaria, al objeto de facilitar la información a ciudadanos y
profesionales sanitarios.
Diversión Solidaria, se compromete a:
1. S
 eguir las directrices de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales en las actividades desarrolladas al amparo del presente convenio.
2. C
 omunicar las diferentes actividades de este convenio al Servicio de Participación Comunitaria en Salud y a los responsables de la UCI del HUB para su valoración conjunta
y realizar el seguimiento de las actuaciones de acuerdo con lo establecido en el punto
anterior.
3. F
 acilitar los recursos para el desarrollo de las actividades objeto de este convenio.
4. A
 ctuar en coordinación con el Servicio de Participación Comunitaria en Salud y los responsables de la UCI del HUB.