Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Producción Cinematográfica Y Audiovisual. Ayudas. (2023061428)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se conceden ayudas a la producción de cortometrajes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
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Lunes 24 de abril de 2023

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
RESOLUCIÓN de 12 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que
se conceden ayudas a la producción de cortometrajes en la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el año 2023. (2023061428)
De conformidad con las bases reguladoras (Decreto 99/2014, de 3 de junio, por el que se
aprueban las bases reguladoras de las ayudas a la producción de cortometrajes y a cortometrajes realizados de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la convocatoria de las mismas
para 2014; publicadas en el DOE número 109, de 9 de junio de 2014), así como el apartado
duodécimo de la Resolución de 17 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, de convocatoria de las ayudas destinadas a la producción de cortometrajes de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2023 (DOE n.º 8, de 12/01/2023), vista el acta de la Comisión de
Valoración de fecha 28 de marzo de 2023, y en uso de las atribuciones que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Conceder las ayudas a la producción de cortometrajes que se especifican en el anexo
I, por un importe total de ochenta y cinco mil doscientos ochenta y tres euros (85.283,00 €)
que se imputará a la aplicación presupuestaria 15.0020000 G/273B/77000, Código: 20040309,
fondos CAG0000001 («Apoyo a producciones de cine y audiovisuales») de la Ley 6/2022, de 30
de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el
año 2023.
Segundo. Denegar las ayudas que se especifican en el anexo II, por las causas que en él se
mencionan.
Tercero. Las ayudas concedidas son compatibles con cualquier otra ayuda o subvención de
las Administraciones Públicas o entidades públicas o privadas para la misma finalidad siempre
que la cuantía de ayudas públicas no supere, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, el 50 % del coste del proyecto para el que se solicita la subvención.
Cuarto. Los proyectos que son objeto de ayuda deberán iniciarse a partir del 1 de enero del
año 2023, y terminar antes del 1 de noviembre del año 2023.
Quinto. El pago de las ayudas se efectuará teniendo en cuenta lo siguiente:
1. La aportación de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes se efectuará durante el año
2023 a la finalización de la producción objeto de ayuda. Se abonará el 100 % de la ayuda una vez se realice la producción. Para ello la empresa beneficiaria deberá justificar la
inversión del presupuesto de producción aprobado y presentar el resto de documentación