Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061398)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Puesta en riego de 35,5 ha de viñedo en el polígono 83, parcela 108", a ubicar en el término municipal de Badajoz, cuya promotora es Femagaza, SL. Expte.: IA21/1843.
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NÚMERO 77
Lunes 24 de abril de 2023

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agrícola pecuario» (EPP-EA) considerándose el uso agrícola el característico de los
terrenos.
• En consecuencia, no existiría inconveniente urbanístico en que la Dirección General de
Medio Ambiente resolviera favorablemente el expediente IA21/l843 en tramitación.


• Además, por parte de su servicio de protección ambiental informan de una serie de medidas de obligado cumplimiento, que se han incluido en el presente informe ambiental.

— La Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural informa lo siguiente:
Según la documentación presentada, no se indica que se haya solicitado a esta DGBAPC por
parte del equipo redactor del referido documento de evaluación ambiental simplificada, consulta sobre los posibles valores patrimoniales existentes en el área de afección del proyecto.
El estudio ahora presentado contiene las exclusivas menciones acerca de la afección
al patrimonio cultural: “Efectos sobre el Patrimonio, no producirá efectos sobre el Patrimonio al no existir cerca bienes patrimoniales, ni indicios de restos (…) Medio socioeconómico y población y bienes materiales y patrimonio cultural, los cuales sí que podrían sufrir riesgos o incluso daños, aunque debido a la limitada entidad de la actividad
(riego), dichas afecciones serían bastante Limitadas».
Ante las deficiencias señaladas en los apartados anteriores, ha sido analizada el área
de afección de dicho proyecto por los técnicos de la DGBAPC y se ha podido comprobar
que, según la documentación existente en este organismo, el proyecto se ejecuta en las
cercanías de yacimientos de numerosos bienes del Patrimonio Arqueológico.
Dada la cercanía de la instalación prevista respecto a varios elementos de naturaleza
arqueológica y la amplía extensión de la superficie afectada, 35,50 ha, de cara a caracterizar posibles afecciones del proyecto sobre el patrimonio arqueológico no detectado
en superficie que pudiera verse afectado durante el transcurso de las obras, la Dirección
General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural emite informe favorable condicionado a una serie de medidas incluidas en el presente informe.
3. Análisis del expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria previsto en la subsección 1ª de la sección 2ª del capítulo VII del título
I, según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.