Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061398)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Puesta en riego de 35,5 ha de viñedo en el polígono 83, parcela 108", a ubicar en el término municipal de Badajoz, cuya promotora es Femagaza, SL. Expte.: IA21/1843.
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NÚMERO 77

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Lunes 24 de abril de 2023

Relación de consultas

Respuestas recibidas

Ecologistas en Acción

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Adenex

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AMUS

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SEO-Bird/Life

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Asociación Ecologistas Extremadura

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Fundación Naturaleza y Hombre

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GREENPEACE

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El resultado de las contestaciones de las distintas administraciones públicas, se resume a
continuación:
— La Confederación Hidrográfica del Guadiana, informa que, no se prevé afección física
alguna a cauces que constituyan el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Real
Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley de Aguas (TRLA), ni a las zonas de servidumbre y policía.
De acuerdo con los artículos 6 y 7 del Reglamento del DPH, aprobado por el R.D.
849/1986, de 11 de abril, los terrenos que lindan con los cauces están sujetos en toda
su extensión longitudinal a:


• Una zona de servidumbre de 5 metros de anchura para uso público, con los siguientes
fines: protección del ecosistema fluvial y del DPH; paso público peatonal, vigilancia,
conservación y salvamento; y varado y amarre de embarcaciones en caso de necesidad.



• Una zona de policía de100 metros de anchura en la que se condiciona el uso del suelo
y las actividades que se desarrollen.

Según los datos obrantes en este organismo, el promotor solicitó, con fecha 17/02/2012,
una concesión de aguas subterráneas, la cual se tramita con n.º de expediente 819/2012,
para riego de 35,5 ha en la parcela 108 del polígono 83, t.m. Badajoz (Badajoz), a partir de 5 captaciones ubicadas en la misma parcela. El volumen en tramitación es de
49.496,09 m3/año.
En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la
tramitación de la solicitud de aprovechamiento de aguas subterráneas.