Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061408)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Destoconado de eucaliptos y arranque de jaras en 146,12 ha y el cambio de suelo forestal a pastos en 146,12 ha", en los términos municipales de Oliva de Mérida y Valle de la Serena (Badajoz). Expte.: IA22/0129.
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NÚMERO 77
Lunes 24 de abril de 2023

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como evitando la aparición de fenómenos erosivos o pérdidas de suelo. No deberán
quedar, bajo ningún concepto, acúmulos de materiales, como plásticos, hormigón,
tierras, etc., debiendo proceder a depositarlos según la legislación correspondiente. La
totalidad de las infraestructuras e instalaciones quedarán integradas en el entorno.
36. Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones
adecuadas para ello (cambios de aceite, lavados, etc.), evitando los posibles vertidos
accidentales al medio. Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda generar la
maquinaria de la obra se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su
evacuación y tratamiento por gestor autorizado.
37. Al finalizar los trabajos se deberá proceder a la retirada de cualquier tipo de residuo
no biodegradable generado, los cuales serán almacenados en condiciones adecuadas
de higiene y seguridad mientras se encuentren en su poder, debiendo ser entregados
a un gestor autorizado para su tratamiento adecuado, disponiendo de acreditación
documental de dicha entrega.
D.3 Medidas en la fase de explotación.
1. N
 o se permite el cambio de uso del suelo forestal a terrenos agrícolas en las 59,95 ha
solicitadas. Tanto la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes; la Ley 6/2015, de
24 de marzo, Agraria de Extremadura, como el Decreto 57/2018, de 15 de mayo, por
el que se regulan los cambios de uso de suelo forestal a cultivos agrícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, indican que el cambio de uso forestal de un monte
requiere informe favorable del Órgano forestal competente. En el presente proyecto,
consultado el Órgano forestal competente (Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de
la Dirección General de Política Forestal), éste informa negativamente el cambio de uso
del suelo forestal a agrícola.
2. N
 o obstante lo anterior, las actuaciones proyectadas pretenden configurar un sistema
agrosilvopastoral (tipo dehesa), que tienen componente agrícola, ganadera y forestal.
Por ello, se considera que las actividades proyectadas permiten mantener el carácter
forestal del terreno. En este sentido, no corresponde al Órgano ambiental pronunciarse
sobre el uso SIGPAC que se le deba atribuir a los terrenos objeto del presente proyecto,
si bien deberá ser uno que posibilite el mantenimiento del carácter agrosilvopastoral, y
por tanto forestal.
3. L
 as superficies donde se pretenden realizar siembras de cultivos anuales, se dedicarán
exclusivamente a la siembra de cultivos herbáceos en régimen de secano compatibles
con el carácter agroforestal de las zonas de actuación (cereal, oleaginosas, proteagino-