Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061421)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de aprovechamiento de un recurso de la Sección A) denominado Casatejada ZP-20, en el término municipal de Casatejada. Expte.: IA21/0740.
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NÚMERO 77
Lunes 24 de abril de 2023

26557

C) Resumen del análisis técnico del expediente.
Con fecha de entrada en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (CAEX) del día 13 de abril de 2022, se recibe la Solicitud,
por parte del promotor, de sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinaria de
este proyecto de aprovechamiento de un recurso de la sección A) para préstamos para la
plataforma de la LAV en Casatejada, Casatejada ZP-20, junto a un nuevo EsIA en el que
el promotor indica que se han tenido en cuenta las consideraciones recibidas en relación a
los Informes remitidos respecto del trámite de Consultas e Información Pública. El pago de
la Tasa correspondiente se había ya realizado con anterioridad a esta fecha.
Examinada en este órgano ambiental la documentación remitida por el promotor, se le
requiere que es necesaria información adicional, que subsana mediante un nuevo EsIA y
documento de Calificación Rústica, recibidos a través del Sistema de Registro Único de la
CAEX en fecha 2 de junio de 2022.
Desde la Dirección General de Sostenibilidad, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70
de la precitada ley. En el análisis se determina que el promotor ha tenido debidamente en
cuenta los informes y alegaciones recibidas.
A continuación, se resumen las consideraciones del promotor en relación a los informes y
alegaciones recibidos que figuran en el apartado B.
— Respecto a las consideraciones del informe del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal
relacionadas con las afecciones al arbolado existente en la zona, el promotor incluye las
medidas consideradas, dentro del conjunto de sus medidas preventivas y correctoras.
— Respecto a las consideraciones del informe de Confederación Hidrográfica del Tajo relacionadas con posibles afecciones al nivel freático, servidumbres de los cauces, posibles
actuaciones en zona de dominio hidráulico y policía de cauces próximos y la prevención
de vertidos accidentales de maquinaria, el promotor las ha añadido a su EsIA, incluyendo la preceptiva solicitud de autorización de estas actuaciones ante esa administración,
respecto del Arroyo s/n tributario del Arroyo Caganchas.
— Respecto al informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
de la Dirección General de Sostenibilidad, el EsIA recoge las observaciones establecidas
en dicho informe, dentro del conjunto de sus medidas preventivas y correctoras, en
relación al adecuado uso de la tierra vegetal en los procesos de restauración, la revegetación con especies autóctonas y la descompactación previa de las zonas utilizados
como tránsito antes de ser restauradas.