Consejería De Educación Y Empleo. Concurso. (2023061400)
Corrección de errores de la Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca proceso de movilidad del profesorado de religión que presta servicios en centros educativos públicos dependientes de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura.
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NÚMERO 77
Lunes 24 de abril de 2023

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 31 de marzo de 2023, de
la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca proceso
de movilidad del profesorado de religión que presta servicios en centros
educativos públicos dependientes de la Consejería de Educación y Empleo de
la Junta de Extremadura. (2023061400)
Apreciados errores materiales en la Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca proceso de movilidad del profesorado de
religión que presta servicios en centros educativos públicos dependientes de la Consejería de
Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, publicado en el DOE n.º 66, de 5 de abril de
2023, se procede a su corrección en los siguientes términos:
— En la página 21482, la base segunda, modalidades de puestos convocados:
Donde dice:
“2.3. La movilidad del profesorado de religión evangélica queda inicialmente circunscrita al
ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura”.
Debe decir:
“2.3. La movilidad del profesorado de religión evangélica queda inicialmente circunscrita al
ámbito territorial de las provincias de Cáceres y Badajoz”.
— En las páginas 21483-21484, la base cuarta, participación voluntaria:
Donde dice:
“Podrá participar en este procedimiento el profesorado de religión con contrato laboral
indefi­nido con destino definitivo que cumpla los siguientes requisitos:
a) El profesorado de religión que imparta docencia en el mismo nivel educativo al de las
plazas ofertadas.
b) En el caso del profesorado de religión que se encuentre en la situación de excedencia
voluntaria de conformidad con el artículo 46.2 del Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24
de marzo, por el que se aprueba el texto Refundido de la ley del estatuto de los Traba­
jadores podrá participar en este procedimiento siempre que acredite estar en posesión
del preceptivo certificado de idoneidad actualizado a la fecha de presentación de solici­