Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2023AC0013)
Acuerdo de 16 de febrero de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Aceuchal (PGM).
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NÚMERO 77
Lunes 24 de abril de 2023

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ACUERDO de 16 de febrero de 2023, de la Comisión de Urbanismo y
Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General
Municipal de Aceuchal (PGM). (2023AC0013)
Asunto: Plan General Municipal. ACEUCHAL (PGM).
La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura (CUOTEX), en sesión
de 16 de febrero de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:
I. Antecedentes.
E
 l 07/02/2019 el Pleno del Ayuntamiento aprobó inicialmente el expediente epigrafiado, sometiéndolo a información pública tras su publicación en el DOE de 26/02/2019 y en un diario de tirada regional. El 04/02/2021 se adoptó por el Pleno el acuerdo de aprobación provisional, que fue seguido de dos nuevos acuerdos de aprobación provisional el 06/05/2021 y
03/02/2022, tras los que se abrieron los correspondientes periodos de información pública
(DOE 16/02/2021 y DOE 11/06/2021).
El Plan fue sometido a la valoración de la Comisión de Coordinación Intersectorial (COCOIN)
de 25/06/2020.
Consta su sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental previsto en la Ley

16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que el 30/03/2021 dio como resultado la formulación de la declaración ambiental
estratégica, que fue modificada mediante una nueva resolución de 17/12/2021.
Tras el anterior acuerdo de la CUOTEX de 27/10/2022, y tras el último acuerdo de aprobación provisional por el Pleno municipal de 12/01/2023, se ha remitido nuevo proyecto
diligenciado para su aprobación definitiva.
II. Competencia.
La Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de
Extremadura (LOTUS), modificada por el Decreto-Ley 10/2020, de 22 de mayo, de medidas urgentes para la reactivación económica en materia de edificación y ordenación del
territorio destinadas a dinamizar el tejido económico y social de Extremadura, para afrontar los efectos negativos de la COVID-19, dispone en su disposición transitoria cuarta que
los instrumentos de planeamiento y desarrollo urbanísticos aprobados inicialmente a su
entrada en vigor podrán continuar su tramitación de acuerdo con las normas de procedimiento previstas en la LSOTEX, siempre que se aprueben definitivamente en el plazo de 4
años desde la entrada en vigor de la LOTUS, en cuyo caso les será de aplicación el mismo