Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061418)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Modificación de las características de una concesión de aguas subterráneas para riego pasando de 16,55 ha a 30,66 ha de olivar", cuyo promotor es Pedro Barata Partido, en el término municipal de Monterrubio de la Serena (Badajoz). Expte.: IA20/0347.
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NÚMERO 76
Viernes 21 de abril de 2023



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10. S
 e respetarán las áreas que puedan tener vegetación natural y la presente en las
lindes entre las parcelas, los cauces y charcas (aunque sean temporales), los afloramientos rocosos, los muros de piedra y los manantiales.



11. S
 e controlará la emisión de gases contaminantes de los vehículos y maquinaria con
su continua puesta a punto, así como la generación de ruidos.



12. T
 odas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones adecuadas para ello (cambios de aceite, lavados, etc.), evitando los posibles
vertidos accidentales al medio. Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda
generar la maquinaria de la obra se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su evacuación y tratamiento por gestor autorizado.



13. Las cubiertas exteriores de las instalaciones, como las casetas de riego, deberán presentar materiales que atenúen su impacto visual, con colores mate y no brillante. Los
acabados de las construcciones deberán ser de tonos que se integren lo mejor posible
en el entorno, utilizando tonos tostados u ocres, en lugar de blanco, para los exteriores.



14. S
 e mantendrán, en caso de existir, los elementos estructurales del paisaje agrario
de interés para la biodiversidad (linderos de piedra y de vegetación, muros de piedra, majanos, regatos, fuentes, pilones, charcas, etc.).



15. N
 o se contempla en el proyecto cerramiento perimetral de la nueva plantación.
En todo caso, deberá ajustarse a lo establecido en el Decreto 226/2013, de 3 de
diciembre, por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y
reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, solicitando en su caso la autorización correspondiente.



16. Caso de que se generen durante la ejecución del proyecto residuos de construcción y
demolición (RCD), se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso lo establecido en el Real
Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los
residuos de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el
que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos
de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.



17. E
 n el caso de verse afectadas (directa o indirectamente, por accesos a obras,
tránsito, saca de material, etc.) las redes de defensa diseñadas en la Zona de Alto
Riesgo de Incendios (ZAR) “Sierras Centrales de Badajoz”, en la que está incluida
la zona de actuación, se deberán restituir a su estado original, de tal forma que l
totalidad de las actuaciones deberán respetar dichas vías, así como ser compatible
con éstas y sus objetivos y funciones.