Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061359)
Resolución de 5 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Plantación de higueras en riego por goteo sobre 49,9834 ha, en la finca Calatraveja", cuyo promotor es D. José Alberto Fernández Píriz, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA21/1701.
31 páginas totales
Página
NÚMERO 75
Jueves 20 de abril de 2023

25606

incorporan una serie de medidas en cuanto a ruidos y vibraciones con objeto de minimizar su impacto.


3.3.8. Patrimonio arqueológico.

Debido a los movimientos de tierras bajo cota de rasante derivados de las obras proyectadas, es posible la aparición de elementos de interés arqueológico y/o etnográfico
no detectado en superficie que pudiera verse afectado.
Para evitar posibles incidencias sobre el patrimonio arqueológico, se cumplirán las medidas que se han incorporado al presente informe.


3.3.9. Consumo de recursos y cambio climático.

La fase de construcción habrá supuesto un efecto directo, puntual y negativo sobre el
cambio climático, al generarse emisiones durante las diferentes acciones que la conforman. Tales impactos se producirán a corto plazo y si bien permanecerán de forma
temporal, serán recuperables y reversibles.
Durante la fase de funcionamiento y debido a la existencia del cultivo agrícola leñoso,
se generará un impacto positivo y permanente frente al cambio climático, al consolidarse la vegetación fijadora de gases de efecto invernadero.
En cuanto al consumo de recursos, el principal recurso natural consumido como consecuencia de la transformación a regadío pretendida es el agua. Ya se ha indicado en
el apartado 3.3.2. “Sistema hidrológico y calidad de las aguas” del presente informe la
necesidad de adecuar las dotaciones del cultivo a unos valores más realistas y adecuados a las necesidades hídricas reales de dicho cultivo.
Se recuerda en este sentido que, dado que la toma del recurso sería desde las infraestructuras de la Zona Regable Oficial de Montijo, debería confirmarse por el Servicio de
Explotación de la Dirección Técnica del organismo de cuenca y la Comunidad de Usuarios del Canal de Montijo, la posibilidad física de suministro y de la suficiencia de las
infraestructuras existentes. Asimismo, la Comunidad de Usuarios del Canal de Montijo,
como titular de la concesión de aguas superficiales, debería pronunciarse sobre la cantidad de recurso demandada para el uso previsto en el proyecto, solicitando si fuera el
caso el pronunciamiento de la Confederación Hidrográfica del Guadiana a este respecto,
como órgano competente en materia del cumplimiento de los objetivos ambientales de
la planificación hidrológica.