Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061359)
Resolución de 5 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Plantación de higueras en riego por goteo sobre 49,9834 ha, en la finca Calatraveja", cuyo promotor es D. José Alberto Fernández Píriz, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA21/1701.
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NÚMERO 75
Jueves 20 de abril de 2023

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agua provendrá desde el Canal de Montijo. El promotor solicitó ante la Confederación
Hidrográfica del Guadiana con fecha 01/03/2021, una concesión de aguas superficiales, la cual se tramita con número de expediente 276/2021, para riego de 48 ha en el
término municipal de Badajoz, desde el Canal de Montijo. En cualquier caso, se estaría
a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la tramitación de la solicitud de
concesión de aguas superficiales.
Se tiene previsto captar el agua necesaria para el funcionamiento del sistema de riego a
través de una toma directa en el Canal de Montijo, la finca objeto del proyecto no está
incluida en la Zona Regable de Montijo, según se indica en el informe de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, existiría recurso anual suficiente, no obstante como la
toma del recurso sería desde la Zona Regable Oficial de Montijo para el riego de una finca situada fuera de la Zona Regable, debería confirmarse por el Servicio de Explotación
de la Dirección Técnica del organismo y la Comunidad de Usuarios del Canal de Montijo
la posibilidad física del suministro y de la suficiencia de las infraestructuras existentes.
El diseño agronómico aportado en el documento ambiental especifica que la dotación
requerida por el cultivo de higueras es de 5.700,84 m3/ha-año. La Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del Guadiana informa con fecha
06/09/2021 de que el volumen de agua anual a derivar no superará la dotación a nivel
de obra principal de toma de 6.600 m3/ha-año de media, para los riegos de tomas directas. De acuerdo con al artículo 25.1 de las Disposiciones Normativas del Plan, como
norma general y para todo el ámbito territorial de ese Plan Hidrológico, y el fin de asegurar los caudales ecológicos y que se alcance el buen estado de las masas de agua,
sólo se otorgarán nuevas concesiones de agua, tanto superficial como subterránea, que
se correspondan con las asignaciones para aprovechamientos actuales y futuros definidos en el artículo 11 de las Disposiciones normativas del Plan, la concesión del recurso
se realizará de acuerdo a la asignación establecida en el Apéndice 5 de las Disposiciones
Normativas del Plan para el horizonte 2021, y con cargo a la reserva de recursos, según
lo indicado en el artículo 11.4 de las Disposiciones Normativas del Plan. Se informa de
que existe recurso anual suficiente, y como se ha indicado anteriormente deberá confirmarse por el Servicio de Explotación de la Dirección Técnica de la Confederación Hidrográfica del Guadiana y la Comunidad de Usuarios del Canal de Montijo la posibilidad
física de suministro y de la suficiencia de las infraestructuras existentes. Se incluyen
obligaciones sobre los retornos de riego que han sido incorporadas al condicionado del
presente informe.
En cuanto al consumo hídrico estimado por el promotor para la plantación de higueras,
5.697,61 m³/ha-año, cabe indicar que, en la nueva planificación hidrológica (periodo
2022-2027), se incluyen unos valores dotacionales netos máximos por cultivos y siste-