Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061323)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Mejora y modernización de la red de riego de la Comunidad de Regantes del Canal de Orellana Vegas Altas III, ubicado en los sectores XXXII, XXXIV y XXXV de la zona regable del Canal de Orellana", en el término municipal de Santa Amalia (Badajoz), cuya promotora es la Comunidad de Regantes del Canal de Orellana Vegas Altas III. Expte.: IA22/0755.
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NÚMERO 75
Jueves 20 de abril de 2023



25567

— Consumo de agua: según consta en ese organismo de cuenca, el promotor es titular
de una concesión de aguas superficiales para la Zona Regable de Orellana, con la
referencia CONC 055/2008.



— Vertidos al DPH: La actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado.

4. Con fecha 20 de marzo de 2023, el Servicio de Ordenación del Territorio, de la Dirección
General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, emite informe en el que indica que, a
efectos de ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se
detecta afección sobre ningún Plan Territorial ni Proyecto de Interés Regional con aprobación definitiva (Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de
Extremadura, con modificaciones posteriores). Asimismo, no se detecta afección sobre
ningún instrumento de ordenación territorial general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial de Ordenación del Territorio)
ni de intervención directa (Proyecto de Interés Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de
diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en vigor
desde el 27 de junio de 2019.
Por otro lado, el Servicio de Urbanismo, de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, emite informe con fecha 23 de marzo de 2023, en el que pone
de manifiesto que, en el término municipal de Santa Amalia se encuentra actualmente
vigente las Normas Subsidiarias de Santa Amalia aprobadas definitivamente mediante
acuerdo de la Comisión provincial de urbanismo de Badajoz, publicadas en el Boletín
Oficial de la Provincia de Badajoz n.º 223 de 29 de septiembre de 1982. En virtud de lo
establecido en los artículos 143.3.a), 145.1 y 164 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, corresponde al
municipio de Santa Amalia realizar el control de legalidad de las actuaciones, mediante
el procedimiento administrativo de control previo o posterior que en su caso corresponda, comprobando su adecuación a las normas de planeamiento y al resto de legislación
aplicable.
5. Con fecha 24 de marzo de 2023, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas, de la Dirección General de Sostenibilidad, emite informe de Afección a la
Red Natura 2000 y sobre la Biodiversidad (CN23/0998) en el que indica que, dado que
la actividad consiste en la reparación de infraestructuras de riego ya existentes, todo
ello dentro de un área de regadío ocupada en gran medida, no se prevé que el proyecto
pueda tener repercusiones significativas sobre el medio ambiente. Por lo que concluye
informando favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar
de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan las
medidas indicadas y que han sido incorporadas al cuerpo del presente informe.