Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061343)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para la formalización de una transferencia específica plurianual al Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) para la realización de las líneas de actuación LA5, LA6 y LA7 del programa de I+D+I, en el área Agroalimentación, incluida en la medida de inversión I1 Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas, que forman parte del Componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y financiada con los fondos del Programa Operativo FEDER Extremadura 2021-2027
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NÚMERO 75
Jueves 20 de abril de 2023

25343

Sexto. CICYTEX es un ente de derecho público con autonomía patrimonial, organizativa y
funcional, de la Junta de Extremadura, adscrito a la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital. El CICYTEX tiene como fin la generación de I+D+I en los institutos adscritos al
mismo, con el fin de contribuir al avance del conocimiento y al desarrollo económico, social
y cultural, así como a la formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y
privadas en materia de I+D+I de la Comunidad Autónoma de Extremadura, todo ello bajo la
dirección, vigilancia y tutela de la Consejería competente en materia de I+D+I.
Séptimo. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se aplicará a esta transferencia
específica en caso de que el CICYTEX realice contratos que deban someterse a esta ley. Del
mismo modo, será de aplicación el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se
aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. También le será de aplicación,
el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Asimismo, serán de aplicación respecto de los fondos FEDER, el Reglamento (UE) 2021/1060
del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establecen las
disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo,
de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo
de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo
Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados y el Reglamento (UE) 2021/1058
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo
de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión. Cualquier otra normativa europea y nacional
aplicable al fondo FEDER.
Octavo. Por otra parte la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, dispone en su artículo 45.2, que se
consideran transferencias específicas:
“(…) las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el Anexo del Proyecto de
Gastos de esta ley con cargo a los capítulos de gasto IV o VII, destinadas a financiar la
realización de actuaciones concretas por las entidades del sector público autonómico cuyo
presupuesto se integre en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma Extremadura, en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre que no resulten de
una convocatoria pública (…)”.