Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energías Renovables. Subvenciones. (2023040073)
Extracto de la convocatoria para la realización de instalaciones de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público. Programa de incentivos 2.
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NÚMERO 75

25254

Jueves 20 de abril de 2023

los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables
térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE número 305, de 22 de diciembre de 2021), desarrolladas por el
Decreto 23/2023, de 22 de marzo.
Cuarto. Cuantía.
El importe destinado al Programa de incentivos 2: “Realización de instalaciones de energías
renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público”, asciende a un total de 934.971,30 euros, con la siguiente distribución, dentro
del proyecto de gasto 20220502 “P2. Energías renovables térmicas en el sector público”, por
posición presupuestaria, anualidad e importe por anualidades y total por posición presupuestaria, que respectivamente se indican:
Posición
presupuestaria

2023 (€)

2024 (€)

2025 (€)

2026 (€)

Total (€)

G/333A/70000

0,00

1.000,00

1.000,00

0,00

2.000,00

G/333A/72001

0,00

1.000,00

1.000,00

0,00

2.000,00

G/333A/73099

0,00

1.000,00

1.000,00

0,00

2.000,00

G/333A/73200

0,00

1.000,00

1.000,00

0,00

2.000,00

G/333A/74000

0,00

6.000,00

6.000,00

0,00

12.000,00

G/333A/76000

0,00

365.188,52

456.485,65

91.297,13

912.971,30

G/333A/78000

0,00

1.000,00

1.000,00

0,00

2.000,00

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 13 horas del día siguiente de la publicación de la convocatoria y del presente extracto a que se refiere el artículo 16 q) de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en
el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es/) y hasta la conclusión de su vigencia, finalizando el 31 de diciembre de 2023, de conformidad con lo establecido en el artículo
10.2 del decreto por el que se desarrollan las bases reguladoras, salvo que con anterioridad
se hubiera agotado el crédito de la convocatoria, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en
el apartado 4 del artículo 16 del decreto por el que se desarrollan las bases reguladoras, en
cuanto a lista de reserva.