Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023061314)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acuerdo de adhesión y garantía del personal de AQUANEX, servicio domiciliario del agua de Extremadura, SA, al Convenio Colectivo Estatal del Ciclo Integral del Agua.
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NÚMERO 74
Miércoles 19 de abril de 2023

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A partir de 2023, este importe se incrementará en el mismo porcentaje que se incremente el salario base.
k) Premio de permanencia.
La persona trabajadora que cumpla diez años de permanencia en la empresa percibirá la
cantidad equivalente a una mensualidad de salario base.
Este importe se abonará dentro de ese año, de la forma que la empresa estime más
oportuna.
l) Dietas y kilometraje.
La persona trabajadora que por necesidades de la empresa se desplace fuera de la localidad donde radique su centro de trabajo, le serán abonadas las siguientes cantidades:
M
 edia dieta: 26,46 euros.
D
 ieta Completa: 50,98 euros.
Cuando la persona trabajadora pernocte por necesidades de la empresa fuera de la localidad donde radique su centro de trabajo, los gastos originados serán por cuenta de la
misma debiendo justificarse los gastos.
En los casos en que, por necesidades de servicio, la persona trabajadora utilice su vehículo particular, percibirá por este concepto la cantidad de 0,331 euros/km.
A partir de 2023, estos importes se incrementarán en el mismo porcentaje que se incremente el salario base.
m) Enfermedades y accidentes.
En caso de Incapacidad Temporal, derivada de enfermedad o accidente, la empresa
abonará la persona trabajadora afectada la diferencia hasta completar el 100 % de sus
retribuciones habituales.
En el supuesto de que se suscitaran dudas sobre un posible abuso en la situación de
incapacidad temporal, por parte de algún trabajador/a, la empresa, previo comunicado a
la representación de los trabajadores y trabajadoras legalmente constituida en la misma,
podrá abonar a la persona trabajadora afectada lo estipulado en la legislación vigente.
n) S
 eguro de accidentes.
Para el personal afectado por el presente Convenio Colectivo de trabajo, la empresa
contratará un seguro de accidentes de trabajo con las siguientes garantías y capitales