Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Premios. (2023061308)
Resolución de 10 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se conceden los premios para el fomento de la lectura en Extremadura correspondientes al año 2023.
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NÚMERO 73

24922

Martes 18 de abril de 2023

Para el premio correspondiente a la modalidad D, en caso de que el importe del presupuesto
justificado fuera inferior al aprobado en la resolución de concesión, se procederá al reintegro
de la subvención concedida de forma proporcional al gasto o inversión realmente efectuada,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.2 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. A estos efectos, se considerará que el incumplimiento es
parcial cuando la inversión justificada alcanzase, al menos, el 60% de la inversión aprobada
como subvencionable. Por debajo de este porcentaje el incumplimiento será declarado total.
Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público, resultando de aplicación para su cobranza lo previsto en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de la
Hacienda Pública de Extremadura.
Estos premios serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la
misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados,
nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales siempre que la cuantía de
ayudas públicas no supere aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, el coste del
proyecto para el que se solicita la ayuda.
Segundo. Relacionar en el anexo II los proyectos no premiados en cada una de las modalidades. Estos proyectos podrán ser retirados por la persona que los realizó, en el plazo de un mes
desde la publicación de la resolución de concesión. Transcurrido este plazo, los originales no
reclamados pasarán a formar parte de la documentación del Plan de Fomento de la Lectura,
que dispondrá el uso que estime oportuno.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante este órgano o ante la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes,
en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 10 de abril de 2023.
El Secretario General,
PEDRO ALVARADO RODRÍGUEZ