Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2023050096)
Orden de 13 de abril de 2023 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Superior de Letrados de la Junta de Extremadura.
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NÚMERO 73
Martes 18 de abril de 2023
24796
9. Al Tribunal les será de aplicación el régimen previsto en el título preliminar, capítulo II,
sección 3ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público para
los órganos colegiados.
10. El Tribunal actuará con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica y
sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y del estricto cumplimiento de las Bases
de la convocatoria.
En el ejercicio de sus funciones observarán las prescripciones que se contengan en los
manuales de instrucciones dictados o que, en su caso, se dicten por la Dirección General
de Función Pública con el objeto de homogeneizar los criterios de actuación aplicables en
los distintos procesos selectivos.
11. El Tribunal que actúen en estas pruebas selectivas tendrán la categoría primera de las
recogidas en el anexo III del Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones
por razón del servicio.
12. La documentación del proceso selectivo se depositará, con carácter general, en las dependencias que la Consejería de Hacienda y Administración Pública ponga a disposición de los
Tribunales de Selección para la idónea conservación y custodia de dicha documentación
durante todo el proceso selectivo.
Sexta. Sistema Selectivo.
1. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección será el de concurso-oposición, seguido de la superación de
un periodo de prácticas, y constará de las siguientes fases en el orden que se especifica:
oposición, concurso, y superación del periodo de prácticas.
2. Fase de Oposición.
2.1. La fase de oposición se compondrá de tres ejercicios de carácter eliminatorios cada
uno de ellos.
Los ejercicios de la fase de oposición no comenzarán a celebrarse antes del día 1 de diciembre de 2023, debiendo transcurrir un plazo de al menos dos meses entre la celebración de cada ejercicio.
La fecha de celebración de cada ejercicio se hará pública por el órgano de selección, a
través de la Dirección General de Función Pública, en las Oficinas de Asistencia a la Ciu-
Martes 18 de abril de 2023
24796
9. Al Tribunal les será de aplicación el régimen previsto en el título preliminar, capítulo II,
sección 3ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público para
los órganos colegiados.
10. El Tribunal actuará con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica y
sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y del estricto cumplimiento de las Bases
de la convocatoria.
En el ejercicio de sus funciones observarán las prescripciones que se contengan en los
manuales de instrucciones dictados o que, en su caso, se dicten por la Dirección General
de Función Pública con el objeto de homogeneizar los criterios de actuación aplicables en
los distintos procesos selectivos.
11. El Tribunal que actúen en estas pruebas selectivas tendrán la categoría primera de las
recogidas en el anexo III del Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones
por razón del servicio.
12. La documentación del proceso selectivo se depositará, con carácter general, en las dependencias que la Consejería de Hacienda y Administración Pública ponga a disposición de los
Tribunales de Selección para la idónea conservación y custodia de dicha documentación
durante todo el proceso selectivo.
Sexta. Sistema Selectivo.
1. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección será el de concurso-oposición, seguido de la superación de
un periodo de prácticas, y constará de las siguientes fases en el orden que se especifica:
oposición, concurso, y superación del periodo de prácticas.
2. Fase de Oposición.
2.1. La fase de oposición se compondrá de tres ejercicios de carácter eliminatorios cada
uno de ellos.
Los ejercicios de la fase de oposición no comenzarán a celebrarse antes del día 1 de diciembre de 2023, debiendo transcurrir un plazo de al menos dos meses entre la celebración de cada ejercicio.
La fecha de celebración de cada ejercicio se hará pública por el órgano de selección, a
través de la Dirección General de Función Pública, en las Oficinas de Asistencia a la Ciu-