Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2023050096)
Orden de 13 de abril de 2023 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Superior de Letrados de la Junta de Extremadura.
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NÚMERO 73
Martes 18 de abril de 2023

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convocatoria correspondiente, hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a
pruebas selectivas.
3. El Tribunal encargado de valorar estas pruebas selectivas estará compuesto por:
Un Presidente, que será empleado público de cuerpos del grupo A1 con más de 10 años de
experiencia en funciones jurisdiccionales o académicas propias de su Cuerpo.
Un secretario, Letrado del Cuerpo Superior de Letrados de la Junta de Extremadura.

Tres vocales, uno de ellos Letrado del Cuerpo Superior de Letrados de la Junta de
Extremadura, y los otros dos funcionarios de otros cuerpos de la Junta de Extremadura u
otras administraciones públicas para cuyo acceso sea necesario el grado o licenciatura en
Derecho, con más de 10 años de experiencia profesional.
4. Las organizaciones sindicales que formen parte de las mesas de negociación correspondientes podrán participar como observadores durante la totalidad del proceso selectivo a
excepción de aquellos en los que se delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas, antes de su realización.
5. El Tribunal no podrán constituirse ni actuar sin la presencia de las personas que ostenten
la Presidencia y la Secretaría, o de quienes, en su caso, las sustituyan, y de la mitad al
menos, de sus miembros.
6. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso, comunicándolo
a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, cuando en ellos concurra cualquiera
de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 del referido texto legal, los/as interesados/as podrán promover recusación en los casos previstos en el párrafo anterior, en
cualquier momento de la tramitación del procedimiento.
7. A efectos de comunicaciones, reclamaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrán su
sede en la Dirección General de Función Pública, Avda. Valhondo, s/n (III Milenio), Mérida.
8. Corresponderá al Tribunal la determinación concreta del contenido de las pruebas y su
calificación adoptando, en su caso, las medidas oportunas para garantizar el correcto desarrollo del proceso selectivo, así como resolver todas las dudas que pudieran surgir en la
aplicación de las presentes bases y la resolución de aquellas cuestiones no previstas en las
mismas.