Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023061291)
Resolución de 5 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental integrada del proyecto de planta de producción de diamantes sintéticos, promovido por Diamond Foundry Europe, SL, en el término municipal de Trujillo.
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NÚMERO 72

24673

Lunes 17 de abril de 2023

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es órgano competente para la resolución del presente procedimiento la Dirección
General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de conformidad con el artículo 31.3 del
Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación del texto refundido de la
Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre. En particular en las categorías 4.2.a y 4.2.e del anexo
I, relativas a “Industrias químicas: Instalaciones químicas para la fabricación de productos
químicos inorgánicos como: a) Gases y, en particular, el amoniaco, el cloro o el cloruro de
hidrógeno, el flúor o fluoruro de hidrógeno, los óxidos de carbono, los compuestos de azufre,
los óxidos de nitrógeno, el hidrógeno, el dióxido de azufre, el dicloruro de carbonilo; e) No
metales, óxidos metálicos u otros compuestos inorgánicos como el carburo de calcio, el silicio,
el carburo de silicio”.
Tercero. Conforme a lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de
16 de diciembre, se somete a autorización ambiental integrada la construcción, montaje, o
traslado de las instalaciones en las que se desarrolle alguna de las actividades que se incluyen
en el Anexo I del citado Real Decreto Legislativo.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y propuesta de
resolución, habiéndose dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente
y en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.2. del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de
diciembre, que establece que la autorización ambiental integrada deberá incluir un condicionado por el que se permite, a los efectos de la protección del medio ambiente y de la salud de
las personas, explotar la totalidad o parte de una instalación, bajo determinadas condiciones
destinadas a garantizar que la misma cumple el objeto y las disposiciones de esta ley; la Dirección General de Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar la autorización ambiental integrada a favor de Diamond Foundry Europe, SL, con NIF
B-****8409, para el proyecto de planta de producción de diamantes sintéticos en el término
municipal de Trujillo, a los efectos recogidos en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de
diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación y la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección de la Comunidad