Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023061291)
Resolución de 5 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental integrada del proyecto de planta de producción de diamantes sintéticos, promovido por Diamond Foundry Europe, SL, en el término municipal de Trujillo.
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NÚMERO 72
Lunes 17 de abril de 2023

24685

DGS una comunicación de inicio de la actividad, según establece el artículo 19 de la Ley
16/2015, de 23 de abril y el artículo 34 del Reglamento de autorizaciones y comunicación
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por el Decreto 81/2011,
de 20 de mayo. A dicha comunicación de inicio habrá de acompañar al menos la siguiente
documentación, sin perjuicio de otra que sea necesaria:
a) Certificado suscrito por el técnico responsable del proyecto, que acredite que las instalaciones se ajustan al proyecto aprobado, y que se ha cumplido el condicionado fijado
en la autorización ambiental en la ejecución de las obras e instalaciones.
b) Acreditación de la correcta gestión de los residuos, conforme a lo dispuesto en el apartado a.4.
c) Propuesta técnica concreta de valorización del oxígeno producido en los equipos generadores de hidrógeno, conforme a lo establecido en el apartado b.2.
d) Propuesta técnica del sistema de monitorización y registro de los caudales de venteo de
los reactores de plasma, requerido en el apartado b.3; y justificación técnica del sistema de estimación de emisiones de metano, establecido en el apartado h.9.
e) E
 l informe sobre consumo de disolvente requerido en el apartado b.6.
f) La propuesta y adopción de técnicas para evitar, reducir y controlar emisiones difusas de
COVs requerida en el apartado b.7.
g) El Plan de Gestión de Disolventes conforme a lo dispuesto en el apartado b.9.
h) J ustificación de cumplimiento de las medidas establecidas por la CHT, recogidas en el
apartado c.7.
i) Informe de medición de ruidos que acredite el respeto de los niveles máximos establecidos tanto por el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, como por el Real Decreto 1367/2007,
de 19 de octubre.
j) Identificación de la persona física responsable requerida en el apartado g.1.
k) La documentación que acredite el cumplimiento de la constitución de la garantía financiera obligatoria, regulada por la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad
Medioambiental, conforme a lo dispuesto en el apartado g.2.
l) El informe de situación del suelo conforme al apartado h.15.