Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Protección Civil. Subvenciones. (2023061254)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se establece para el ejercicio 2023, la convocatoria de subvenciones dirigidas a la dotación de equipamiento y material a las agrupaciones locales de voluntariado de protección civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 72
Lunes 17 de abril de 2023

24518

a) En la Sublínea “A” (Vestuario): los inherentes a la adquisición de prendas, tanto básicas
como complementarias, que conforman el uniforme que han de utilizar las personas
integrantes de las Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protección Civil para el desempeño de sus funciones, así como los emblemas, divisas y distintivos incorporados al
mismo.
b) En la Sublínea “B” (Medios materiales y técnicos): los inherentes a la adquisición de
aquellos medios que las personas integrantes de las Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protección Civil utilizan para el mejor cumplimiento de las funciones que
tienen atribuidas tales como, a título de ejemplo y sin que constituya “númerus clausus”, walkie talkies, linternas, silbatos, material de señalización, megáfonos, equipos
electrógenos, tiendas de campaña para primeros auxilios... o cualquier otro de análoga
naturaleza cuyas prestaciones estén directamente relacionadas con la protección civil y
las emergencias y ligadas a la finalidad de la presente sublínea de subvención.
3. A
 l objeto de optimizar la distribución de las correspondientes partidas presupuestarias,
las entidades locales solicitantes únicamente podrán optar, en el impreso normalizado de
solicitud que figura en el anexo, por una sola de las sublíneas convocadas.
Tercero. Financiación.
1. L
 as subvenciones contempladas en esta convocatoria se financiarán con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura de 2023, aprobados Ley
6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023 (DOE extraordinario núm. 3, de 31 de diciembre), contempla
en su “Anexo de Proyectos de Gastos”, en el Proyecto 20180147, “Subvención Elaboración
Planes de Emergencia Municipal”, por un importe total de 60.000,00 euros, desglosados de
la siguiente manera:
• 40.000,00 euros en la aplicación presupuestaria 120090000 G/116A/46000 CAG0000001,
correspondiente a transferencias corrientes, destinados a sufragar la Sublínea “A” (Vestuario).
• 20.000,00 euros en la aplicación presupuestaria 120090000 G/116A/76000 CAG0000001,
correspondiente a transferencias de capital, destinados a sufragar la Sublínea “B” (Medios Materiales y técnicos).
2. L
 a cuantía total inicial de los créditos presupuestarios afectos a las referidas sublíneas de
subvención podrá ser incrementadas, antes de resolver la concesión de las mismas, en los
términos establecidos en la letra h) del artículo 23.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.