Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061287)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Actuaciones forestales en una superficie de 161,1988 ha en la finca Mineta", en el término municipal de Puebla de la Reina (Badajoz). Expte.: IA20/1223.
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NÚMERO 72
Lunes 17 de abril de 2023
24613
Implantación de cultivos agrícolas anuales, en zonas con pendientes inferiores al 15% y sin
pedregosidad, permitiendo un acondicionamiento del suelo, evitar rebrotes y desarrollo del
matorral, con el mantenimiento de los pies y rebrote de quercíneas y del matorral noble. El
aprovechamiento agrícola alternando con el aprovechamiento de pastos permitiría obtener
ingresos económicos inmediatos para la explotación.
Uso ganadero:
A. Destoconado en zonas con pendientes superiores al 15% y menos del 20% o con mayor
pedregosidad, se mantendrá el uso forestal, con destino a pastos, con posibilidad de
desbroce con grada de discos y roza al aire, siguiendo curvas de nivel, permitiendo el
aprovechamiento ganadero, que generaría ingresos económicos, controlaría el desarrollo del matorral y mejoraría el suelo.
B. Z
onas con pendientes superiores al 20-25% y con pedregosidad, mantendrían su consideración de forestal, destoconado de la superficie dejando una línea de tocones de
eucaliptos cada 25-30 m en la que se le aplicaría un tratamiento químico de la cepa
para evitar el rebrote. Los desbroces se realizarían mediante el sistema de roza al aire
dejando líneas sin desbrozar cada 8 m, siguiendo las curvas de nivel. En pendientes
superiores al 25% no se desbrozará.
El destoconado de las zonas con pendiente inferior al 25% se ejecutará con retroexcavadora dotada de cizalla o ríper. Las labores de saca con autocargadores a las zonas de carga
para su transporte hasta planta de procesamiento o astillado o producción de carbón in situ.
El destoconado de las zonas de pendientes superiores al 25 % se realizará con métodos
químicos para evitar rebrotes, lo cual se realizará también en las líneas que se dejen sin
destoconar mecánicamente en zonas de pendientes de entre el 20 – 25 %. Se realizará
mediante brocha sobre las cepas recién cortadas.
El desbroce de matorral en pendientes inferiores al 20% en zonas de escasa pedregosidad
se ejecutará con grada de disco arrastrada por tractor de cadenas siguiendo curvas de
nivel. En pendientes de entre el 20 -25 % o elevada pedregosidad se ejecutará mediante
roza al aire con pala frontal con flecos acoplados al tractor de cadenas, cada 8 m se dejará
una calle sin desbrozar. En zonas de más del 25% de pendiente no se realizarán desbroces.
En zonas de dominio público hidráulico y zonas de servidumbre se conservará la cubierta
vegetal y arbórea existente, no se realizarán labores, solicitando al Órgano de cuenca la
preceptiva autorización para desbroces en zona de policía.
En todo momento se respetará la vegetación arbustiva noble, el regenerado de quercíneas
y plantas arbóreas autóctonas, evitándose daños con las labores de tala y desbroce, minimizándose al máximo el movimiento de tierras.
Lunes 17 de abril de 2023
24613
Implantación de cultivos agrícolas anuales, en zonas con pendientes inferiores al 15% y sin
pedregosidad, permitiendo un acondicionamiento del suelo, evitar rebrotes y desarrollo del
matorral, con el mantenimiento de los pies y rebrote de quercíneas y del matorral noble. El
aprovechamiento agrícola alternando con el aprovechamiento de pastos permitiría obtener
ingresos económicos inmediatos para la explotación.
Uso ganadero:
A. Destoconado en zonas con pendientes superiores al 15% y menos del 20% o con mayor
pedregosidad, se mantendrá el uso forestal, con destino a pastos, con posibilidad de
desbroce con grada de discos y roza al aire, siguiendo curvas de nivel, permitiendo el
aprovechamiento ganadero, que generaría ingresos económicos, controlaría el desarrollo del matorral y mejoraría el suelo.
B. Z
onas con pendientes superiores al 20-25% y con pedregosidad, mantendrían su consideración de forestal, destoconado de la superficie dejando una línea de tocones de
eucaliptos cada 25-30 m en la que se le aplicaría un tratamiento químico de la cepa
para evitar el rebrote. Los desbroces se realizarían mediante el sistema de roza al aire
dejando líneas sin desbrozar cada 8 m, siguiendo las curvas de nivel. En pendientes
superiores al 25% no se desbrozará.
El destoconado de las zonas con pendiente inferior al 25% se ejecutará con retroexcavadora dotada de cizalla o ríper. Las labores de saca con autocargadores a las zonas de carga
para su transporte hasta planta de procesamiento o astillado o producción de carbón in situ.
El destoconado de las zonas de pendientes superiores al 25 % se realizará con métodos
químicos para evitar rebrotes, lo cual se realizará también en las líneas que se dejen sin
destoconar mecánicamente en zonas de pendientes de entre el 20 – 25 %. Se realizará
mediante brocha sobre las cepas recién cortadas.
El desbroce de matorral en pendientes inferiores al 20% en zonas de escasa pedregosidad
se ejecutará con grada de disco arrastrada por tractor de cadenas siguiendo curvas de
nivel. En pendientes de entre el 20 -25 % o elevada pedregosidad se ejecutará mediante
roza al aire con pala frontal con flecos acoplados al tractor de cadenas, cada 8 m se dejará
una calle sin desbrozar. En zonas de más del 25% de pendiente no se realizarán desbroces.
En zonas de dominio público hidráulico y zonas de servidumbre se conservará la cubierta
vegetal y arbórea existente, no se realizarán labores, solicitando al Órgano de cuenca la
preceptiva autorización para desbroces en zona de policía.
En todo momento se respetará la vegetación arbustiva noble, el regenerado de quercíneas
y plantas arbóreas autóctonas, evitándose daños con las labores de tala y desbroce, minimizándose al máximo el movimiento de tierras.