Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061287)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Actuaciones forestales en una superficie de 161,1988 ha en la finca Mineta", en el término municipal de Puebla de la Reina (Badajoz). Expte.: IA20/1223.
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NÚMERO 72
Lunes 17 de abril de 2023

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las obras, se deberán cumplir todas las medidas indicadas por la Dirección General de
Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.


C.2.9. Consumo de recursos y cambio climático.

La fase de ejecución supondrá un efecto directo, puntual y negativo sobre el cambio
climático, al generarse emisiones durante las diferentes acciones que la conforman.
De igual manera en la fase de explotación se producirán estos impactos, derivados de
las labores propias de este tipo de explotaciones. Tales impactos se producirán a corto
plazo y si bien permanecerán de forma temporal, serán recuperables y reversibles.


C.2.10. Medio socioeconómico.

El impacto sobre este factor es positivo por la generación de empleo y de la actividad
económica. Las actuaciones proyectadas contribuirán a fijar población en el entorno y
la actividad económica se verá beneficiada por el aumento de rentabilidad de la finca.


C.2.11. Sinergias y efectos acumulativos.

No se esperan efectos sinérgicos y/o acumulativos con la ejecución del presente proyecto, la transformación que se pretende retorna la finca a su uso tradicional, se eliminan especies alóctonas para dejar paso a la vegetación natural de la zona y usos tradicionales, por lo que se considera que, no se originarán efectos sinérgicos negativos.


C.2.12. Vulnerabilidad del proyecto ante riesgos derivados de accidentes graves o catástrofes.

El promotor incluye, de conformidad con lo estipulado en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental,
un análisis de la vulnerabilidad del proyecto frente a catástrofes naturales y accidentes
graves del proyecto, así como las medidas para mitigar el efecto adverso significativo
sobre el medio ambiente.
El promotor indica en el EsIA que el hecho de ser una actividad de explotación directa
del medio en la que no se van a llevar a cabo actividades industriales o productivas,
no es el caso de que se puedan producir accidentes graves o catástrofes que afecten al
proyecto en sí, de todas maneras, se estudiarán algunos fenómenos.
En cuanto a la vulnerabilidad por accidentes graves o catástrofes las principales conclusiones son:


— Peligrosidad por fenómenos sísmicos: el proyecto se encuentra en una zona de riesgo
bajo.