Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Saneamiento Ganadero. Ayudas. (2023061302)
Extracto de la Resolución de 3 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas a la repoblación en explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino de la Comunidad Autónoma de Extremadura, objeto de vaciado sanitario, correspondientes al ejercicio 2023.
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NÚMERO 72
Lunes 17 de abril de 2023

24512

sanidad animal de la Junta de Extremadura hubiera aprobado la realización de un vaciado sanitario y la repoblación tenga que efectuarse en una explotación distinta de la que tuvo lugar
el vaciado sanitario, siempre que al menos ambas explotaciones tengan la misma titularidad
y estén ubicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Asimismo, serán persona o entidad beneficiarias las comunidades de bienes o cualquier otro
tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención, según lo establecido en el artículo 10.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y cumplan con lo establecido en la Orden de 2 de noviembre de
2022.
En las solicitudes y resoluciones de concesión de las entidades beneficiarias recogidas en el
párrafo anterior constarán expresamente, los compromisos de ejecución asumidos por cada
miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada integrante,
que tendrán igualmente la consideración de persona o entidad beneficiarias. En cualquier
caso, deberá nombrarse representante o persona apoderada única de la agrupación, con
poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como persona o entidad beneficiaria,
corresponden a la agrupación. No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido
el plazo de prescripción previsto en los artículos 45 y 70 de dicha ley.
En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiaria las personas o entidades en las
que concurra alguna de las circunstancias contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de estas ayudas se encuentran recogidas en la Orden de 2 de noviembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la repoblación en
explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
objeto de vaciado sanitario, publicado en el DOE n.º 219, de 15 de noviembre de 2022.
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas a conceder en la presente convocatoria se imputarán a la anualidad 2023 aplicación presupuestaria 120020000/G/312A/77000, y proyectos de gastos:
—
20170146 Ayudas reposición de ganado por vacío sanitario, con una dotación presupuestaria disponible inicial de ciento cincuenta mil euros (150.000 €), Fondos TE
31002004, Transferencias del Estado.