Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061279)
Resolución de 5 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Mejostilla FV 4" e infraestructura de evacuación, a ejecutar en el término municipal de Cáceres. Expte.: IA20/0623.
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NÚMERO 71
Viernes 14 de abril de 2023

24263

Por lo indicado, se informa desfavorablemente el expediente, en razón de su ubicación,
a los efectos previstos en la Ley 37/2015, de Carreteras.
No obstante lo anterior, y dado que la afección al citado corredor es parcial, puede entenderse el informe como favorable en el supuesto de que los elementos a implantar
no se instalen en la franja de terreno que se refleja en el plano que acompaña a este
informe (la constituida por el corredor protegido y una anchura adicional de 25 m medidos desde el borde exterior de la zona protegida), en aras a garantizar la futura zona
de limitación a la edificabilidad de la autovía referida. Para ello, en ulteriores etapas de
desarrollo del presente planeamiento deberá remitirse a este Departamento un plano
con la indicada distribución modificada en el cual se asuma la condición antes descrita,
sin que la misma pueda generar derecho a ninguna indemnización.
— El Servicio de Regadíos de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural emite
informe con fecha 14 de octubre de 2020, comunicando que el proyecto no incide sobre
competencias de este servicio, por no ubicarse sobre bienes especiales adquiridos al
amparo de las normas sobre colonización y desarrollo agrario, ni afectar a actuaciones
en materia de regadíos o concentración parcelaria, reguladas en los títulos II, IV, y V de
la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura.
— El día 12 de noviembre de 2020 se emite informe auxiliar del Agente del Medio Natural,
donde comunica, que la zona donde se pretende ejecutar la planta se encuentra dentro
de la ZEPA y ZEC Llanos de Cáceres y Sierra de Fuentes.
— El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal emite informe favorable con fecha 22 de
diciembre de 2020, siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:


1. Para la ocupación por diferentes instalaciones, esta supondría un cambio de uso del
suelo, que solo podrá autorizarse si se justifica convenientemente que no hay otra
opción viable y siempre que el proyecto se declare de utilidad pública o interés general.



2. Se mantendrá todo el arbolado existente y se cuidará que no se vea afectado por las
labores de mantenimiento con herbicidas proyectadas.



3. Si fuera imprescindible la corta se valorará en coordinación con el órgano forestal de
la Junta de Extremadura, la plantación de un cierto número de ejemplares por cada
pie eliminado, y el compromiso de llevar a cabo el mantenimiento de las plantaciones
y áreas forestadas durante un periodo de tiempo que garantice la supervivencia de
los nuevos ejemplares.