Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061279)
Resolución de 5 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Mejostilla FV 4" e infraestructura de evacuación, a ejecutar en el término municipal de Cáceres. Expte.: IA20/0623.
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NÚMERO 71
Viernes 14 de abril de 2023

24273

Tras dicha modificación, la DGS solicita con fecha 1 de junio de 2022 informes a la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura, Confederación Hidrográfica del Tajo,
Dirección General de Archivo, Bibliotecas, y Patrimonio Cultural, Ayuntamiento de Cáceres,
Dirección General de Urbanismo y Ordenación del territorio, Servicio de Conservación de la
Naturaleza y Áreas Protegidas y al Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura. A continuación, se
resumen los aspectos ambientales más significativos contenidos en los informes recibidos.
— Con fecha 7 de julio de 2022, la Jefatura de la Demarcación de Carreteras del Estado en
Extremadura informa lo siguiente:
“1º. El presente informe se emite en virtud de lo establecido en el artículo 16 de la Ley
37/2015, de Carreteras, con las determinaciones y efectos que en ella se establecen.
2º. El sentido del presente informe sólo se mantendrá mientras permanezcan inalteradas las circunstancias en las que ha sido emitido, siempre que no se hayan producido
modificaciones sustanciales en las previsiones del Documento inicial presentado por el
interesado, así como tampoco se hayan registrado cambios legales o normativos en las
disposiciones de aplicación (independientemente del rango de las mismas), ni cambios
por la realización posterior -por parte de esta Dirección General de Carreteras- de estudios o proyectos de actuaciones cuya viabilidad pueda verse comprometida o menoscabada por la iniciativa objeto del presente informe.
3º. La instalación Fotovoltaica “Mejostilla FV4” afecta en su ubicación a las alternativas
de trazado (alternativa “Eje Cáceres Norte 2”) del Estudio Informativo de clave EI-1CC-10 “Alternativas de conexión entre la autovía Trujillo-Cáceres (A-58) y la autovía de
la Plata (A-66) en el entorno de Cáceres. Provincia de Cáceres”.
En la documentación técnica presentada se ha considerado la ubicación de los elementos
de la instalación solar en relación con el trazado de la futura carretera estatal, ubicándolos fuera de la zona de limitación a la edificabilidad de la alternativa “Eje Cáceres Norte
2” del citado Estudio Informativo, por lo que se considera compatible con el trazado de
la obra definida en el mismo.
4º. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 37/2015, de 29 de
septiembre, de Carreteras, es necesario que, previamente a la ejecución de las obras
contempladas en el Expediente IA20/0623 sea tramitada la correspondiente solicitud de
autorización por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, para la ejecución de las obras. A dicha solicitud se adjuntará el
correspondiente proyecto de ejecución o separata del mismo, suscrito por técnico competente, donde se definan con suficiente detalle los aspectos indicados en el presente
informe, así como cuantas instalaciones se prevea realizar en las zonas de influencia y