Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061270)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Mejora y modernización del regadío de la Comunidad de Regantes de Talavera la Real, ubicado en varios sectores de la misma Comunidad de Regantes", en los términos municipales de Badajoz y Talavera la Real (Badajoz), cuya promotora es la Comunidad de Regantes de Talavera la Real. Expte.: IA22/1096.
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NÚMERO 71
Viernes 14 de abril de 2023
24240
4. L
a Confederación Hidrográfica del Guadiana, con fecha 24 de febrero de 2023, responde
a la consulta realizada indicando que en el caso de que alguna de las actuaciones previstas en el proyecto afectara a cauces de DPH y/o zona de policía, así como a infraestructuras gestionadas por ese organismo de cuenca, se requerirá la previa autorización.
5. El Ayuntamiento de Badajoz emite informe en el que indica que, habiéndose publicado
la información del proyecto, no han recibido alegaciones al respecto, remitiendo informe
del Servicio de Control e Inspección Urbanística, el cual indica que no existe inconveniente de tipo urbanístico para informar favorablemente sobre el expediente. Así mismo, el Servicio de Protección Ambiental del mismo Ayuntamiento, informa que deberán
garantizarse los valores del aislamiento acústico mínimos, así como los niveles máximos
admisibles de transmisión establecidos al efecto en la Ordenanza municipal de protección ambiental en materia de contaminación acústica (BOP de 16 de junio de 1997).
3. Análisis del expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
Las instalaciones donde se actuará con el proyecto son:
— Estación elevadora toma F-2º conocida como “f chica”.
— Estación elevadora del sector f-2º-A conocida como “El Músico” con campo fotovoltaico asociado
— Estación elevadora toma f-2º-Aspersión conocida como “El Puro” con balsas y campo
fotovoltaico
— Estación elevadora toma g-II conocida como “El Entrín seco”.
— Estación elevadora toma A-G-1.
— Estación elevadora del sector g-2º-A conocida como “La Albuera” con campo fotovoltaico asociado.
Viernes 14 de abril de 2023
24240
4. L
a Confederación Hidrográfica del Guadiana, con fecha 24 de febrero de 2023, responde
a la consulta realizada indicando que en el caso de que alguna de las actuaciones previstas en el proyecto afectara a cauces de DPH y/o zona de policía, así como a infraestructuras gestionadas por ese organismo de cuenca, se requerirá la previa autorización.
5. El Ayuntamiento de Badajoz emite informe en el que indica que, habiéndose publicado
la información del proyecto, no han recibido alegaciones al respecto, remitiendo informe
del Servicio de Control e Inspección Urbanística, el cual indica que no existe inconveniente de tipo urbanístico para informar favorablemente sobre el expediente. Así mismo, el Servicio de Protección Ambiental del mismo Ayuntamiento, informa que deberán
garantizarse los valores del aislamiento acústico mínimos, así como los niveles máximos
admisibles de transmisión establecidos al efecto en la Ordenanza municipal de protección ambiental en materia de contaminación acústica (BOP de 16 de junio de 1997).
3. Análisis del expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
Las instalaciones donde se actuará con el proyecto son:
— Estación elevadora toma F-2º conocida como “f chica”.
— Estación elevadora del sector f-2º-A conocida como “El Músico” con campo fotovoltaico asociado
— Estación elevadora toma f-2º-Aspersión conocida como “El Puro” con balsas y campo
fotovoltaico
— Estación elevadora toma g-II conocida como “El Entrín seco”.
— Estación elevadora toma A-G-1.
— Estación elevadora del sector g-2º-A conocida como “La Albuera” con campo fotovoltaico asociado.