Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061160)
Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Marco de Colaboración entre la Consejería de Educación y Empleo, a través del Servicio Extremeño Público de Empleo, la Fundación ONCE para la Cooperación e Inclusión Social de Personas con Discapacidad y la Asociación Inserta Empleo, en materia de atención sociolaboral a personas con discapacidad.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 71
Viernes 14 de abril de 2023
24024
Los Corresponsables del Tratamiento revisarán cada seis meses, como mínimo, la efectividad de las medidas implementadas.
• Se observan los principios de privacidad desde el diseño y por defecto en la definición
y diseño de las actividades de tratamiento y procesos asociados al respecto, en consonancia con lo previsto en el artículo 25 del RGPD.
• Se cumple con las obligaciones de notificación previstas en los artículos 33 y 34 del
RGPD, informando de forma previa a los otros Corresponsables del Tratamiento.
• Se brinda la debida asistencia y apoyo a los otros Corresponsables del Tratamiento
en la posible realización de Evaluaciones de Impacto en la Protección de Datos Personales (EIPD) cuando proceda o se acuerde realizarlas por las partes respecto a las
actividades de tratamiento que correspondan.
• Las partes acuerdan la realización de un análisis de riesgos y, en caso de resultar necesario, una evaluación de impacto relativo a la protección de datos. En este sentido,
cada una de las entidades corresponsables realizarán los citados análisis respecto
de aquellos tratamientos de datos que realicen y de los medios del tratamiento en
función de la titularidad o responsabilidad sobre los mismos. Asimismo, las partes se
obligan a efectuar una evaluación de impacto en la privacidad de forma conjunta de
los tratamientos de datos personales, objeto del presente acuerdo.
3.5. O
bservarán la más estricta confidencialidad y deber de secreto respecto de la información
o datos que, en su caso, le sean proporcionados por los otros Corresponsables del Tratamiento, incluyendo los códigos, las identificaciones de usuario y/o las claves de acceso
de los sistemas que en su caso le sean proporcionados por este último. Las obligaciones
de confidencialidad y secreto establecidas en el presente documento tendrán una duración indefinida, manteniéndose en vigor con posterioridad a la finalización, por cualquier
causa, de la relación entre los Corresponsables del Tratamiento.
3.6. Informarán a los otros Corresponsables del Tratamiento, a continuación, de la identidad y
datos de contacto del delegado de protección de datos que, en su caso, hayan designado:
• Corresponsable del Tratamiento 1 y 2: dpd@fundaciononce.es
• Corresponsable del Tratamiento 3:dpd@juntaex.es
3.7. L
os corresponsables notificarán al resto de responsables del tratamiento, sin dilación
indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de 48 horas, y a través de comunicación electrónica, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de
Viernes 14 de abril de 2023
24024
Los Corresponsables del Tratamiento revisarán cada seis meses, como mínimo, la efectividad de las medidas implementadas.
• Se observan los principios de privacidad desde el diseño y por defecto en la definición
y diseño de las actividades de tratamiento y procesos asociados al respecto, en consonancia con lo previsto en el artículo 25 del RGPD.
• Se cumple con las obligaciones de notificación previstas en los artículos 33 y 34 del
RGPD, informando de forma previa a los otros Corresponsables del Tratamiento.
• Se brinda la debida asistencia y apoyo a los otros Corresponsables del Tratamiento
en la posible realización de Evaluaciones de Impacto en la Protección de Datos Personales (EIPD) cuando proceda o se acuerde realizarlas por las partes respecto a las
actividades de tratamiento que correspondan.
• Las partes acuerdan la realización de un análisis de riesgos y, en caso de resultar necesario, una evaluación de impacto relativo a la protección de datos. En este sentido,
cada una de las entidades corresponsables realizarán los citados análisis respecto
de aquellos tratamientos de datos que realicen y de los medios del tratamiento en
función de la titularidad o responsabilidad sobre los mismos. Asimismo, las partes se
obligan a efectuar una evaluación de impacto en la privacidad de forma conjunta de
los tratamientos de datos personales, objeto del presente acuerdo.
3.5. O
bservarán la más estricta confidencialidad y deber de secreto respecto de la información
o datos que, en su caso, le sean proporcionados por los otros Corresponsables del Tratamiento, incluyendo los códigos, las identificaciones de usuario y/o las claves de acceso
de los sistemas que en su caso le sean proporcionados por este último. Las obligaciones
de confidencialidad y secreto establecidas en el presente documento tendrán una duración indefinida, manteniéndose en vigor con posterioridad a la finalización, por cualquier
causa, de la relación entre los Corresponsables del Tratamiento.
3.6. Informarán a los otros Corresponsables del Tratamiento, a continuación, de la identidad y
datos de contacto del delegado de protección de datos que, en su caso, hayan designado:
• Corresponsable del Tratamiento 1 y 2: dpd@fundaciononce.es
• Corresponsable del Tratamiento 3:dpd@juntaex.es
3.7. L
os corresponsables notificarán al resto de responsables del tratamiento, sin dilación
indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de 48 horas, y a través de comunicación electrónica, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de