Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061210)
Resolución de 3 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de cesión de uso gratuito de local entre el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia (Cáceres) y el Servicio Extremeño Público de Empleo para la ubicación temporal del Centro de Empleo de la citada localidad.
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NÚMERO 71
Viernes 14 de abril de 2023

24049

Los pagos se realizarán mensualmente en favor del Ayuntamiento de Plasencia. Para ello, la
entidad local deberá presentar ante el Servicio de Gestión Económica y Contratación de la
Secretaría General del SEXPE el recibo mensual correspondiente, que incluirá el oportuno desglose de gastos corrientes en los que haya incurrido el organismo autónomo en ese periodo. El
importe de dicho recibo será coincidente con la suma de los importes de las facturas emitidas
por las correspondientes empresas suministradoras, cuyas copias se adjuntarán al recibo que
se presente (copias de todas las facturas).
En el primer recibo que presente el Ayuntamiento de Plasencia se indicará el número de cuenta y entidad bancaria donde debe realizarse el ingreso mensual en concepto de pago de los
gastos corrientes referidos en párrafos anteriores.
El Ayuntamiento se compromete a:
— Poner a disposición del SEXPE el bien cedido en las condiciones óptimas para la ejecución del servicio por parte del organismo autonómico.
Sexta. Comisión de Seguimiento.
Con la finalidad de resolver cuantas discrepancias y dudas surjan en la ejecución de las actuaciones objeto del presente convenio, así como la incorporación, modificación y/o revisión
de las mismas a lo largo del período previsto en su ejecución en aras a la organización de los
servicios contemplados en el territorio, y para su adecuada coordinación, se crea una Comisión de seguimiento del mismo.
La Comisión de Seguimiento estará formada por 2 representantes de cada una de las partes
que firman el presente convenio, ostentando uno de los representantes del SEXPE el cargo de
Presidente y uno de los representantes del Ayuntamiento el cargo de Secretario.
Corresponde a la Comisión de Seguimiento, entre otras, las siguientes funciones:
— Realizar un seguimiento del cumplimiento de los objetivos del convenio.
— Establecer las medidas correctoras oportunas.
— Aclarar las dudas y controversias que puedan originarse en su interpretación y ejecución.
La Comisión establecerá sus normas internas de funcionamiento y se reunirá cuantas veces
se estime necesario, a convocatoria de cualquiera de las partes. Para la válida constitución de
la Comisión de Seguimiento, a efectos de la celebración de reuniones y adopción de acuerdos,
se requerirá la presencia de la mitad más uno de sus miembros entre los que deberá estar la
Presidencia y la Secretaría de la misma o personas en quienes deleguen. Los acuerdos serán
adoptados por mayoría simple.