Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061292)
Resolución de 11 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio en materia electoral entre el Ministerio del Interior y la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 71
Viernes 14 de abril de 2023
24063
ella determine, para el seguimiento del flujo de envío y recepción de la información
correspondiente a los procesos de competencia estatal.
Del mismo modo, en consideración a las tareas de seguimiento de la jornada electoral por la
Delegación del Gobierno, la Comunidad Autónoma pondrá a disposición del Ministerio del
Interior un PCP en las mismas condiciones expresadas.
9. Concreción de otros aspectos de la colaboración.
9.1 Intercambio de datos de resultados.
9.1.1 Resultados de las elecciones al Parlamento autonómico y de las elecciones de
competencia estatal.
Cada una de las Administraciones, como responsable de su proceso electoral, ostenta la
competencia exclusiva de anunciar y hacer públicos los datos de participación y los resultados
provisionales respectivos.
Ambas Administraciones se facilitarán los datos de participación y los resultados provisionales
propios en tiempo real, en formato electrónico y donde cada una de ellas determine para su
recepción y con una estructura de datos previamente acordada.
9.1.2 Resultados de las elecciones a entidades locales menores.
Al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo de la Junta Electoral Central de 7
de julio de 2022, en el que señala que “la Dirección General de Política Interior deberá adoptar
las medidas necesarias para facilitar que en las próximas elecciones locales de 2023 se pueda
disponer de la publicación de los datos de estos procesos electorales en términos análogos a
los que hasta la fecha ha realizado el Ministerio del Interior”, la Comunidad Autónoma
facilitará al Ministerio del Interior en todo caso los resultados de las elecciones a entidades
locales menores al objeto de que el citado Departamento elabore el documento resumen
correspondiente para su traslado a la Junta Electoral Central. El Ministerio del Interior dará
traslado también de este informe a las Comunidades Autónomas cuyos datos se recojan en
dicho informe.
9.2 Información sobre jornada laboral y permisos.
La Comunidad Autónoma informará al Ministerio del Interior, a medida que se vayan
aprobando, sobre las disposiciones que se adopten en materia de jornada laboral y permisos
de las personas que intervienen en el proceso electoral.
9.3 Decretos de convocatoria.
El Ministerio del Interior pondrá a disposición de la Comunidad Autónoma las instrucciones
que elabore el Boletín Oficial del Estado para la publicación del Decreto de convocatoria de las
elecciones autonómicas.
Viernes 14 de abril de 2023
24063
ella determine, para el seguimiento del flujo de envío y recepción de la información
correspondiente a los procesos de competencia estatal.
Del mismo modo, en consideración a las tareas de seguimiento de la jornada electoral por la
Delegación del Gobierno, la Comunidad Autónoma pondrá a disposición del Ministerio del
Interior un PCP en las mismas condiciones expresadas.
9. Concreción de otros aspectos de la colaboración.
9.1 Intercambio de datos de resultados.
9.1.1 Resultados de las elecciones al Parlamento autonómico y de las elecciones de
competencia estatal.
Cada una de las Administraciones, como responsable de su proceso electoral, ostenta la
competencia exclusiva de anunciar y hacer públicos los datos de participación y los resultados
provisionales respectivos.
Ambas Administraciones se facilitarán los datos de participación y los resultados provisionales
propios en tiempo real, en formato electrónico y donde cada una de ellas determine para su
recepción y con una estructura de datos previamente acordada.
9.1.2 Resultados de las elecciones a entidades locales menores.
Al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo de la Junta Electoral Central de 7
de julio de 2022, en el que señala que “la Dirección General de Política Interior deberá adoptar
las medidas necesarias para facilitar que en las próximas elecciones locales de 2023 se pueda
disponer de la publicación de los datos de estos procesos electorales en términos análogos a
los que hasta la fecha ha realizado el Ministerio del Interior”, la Comunidad Autónoma
facilitará al Ministerio del Interior en todo caso los resultados de las elecciones a entidades
locales menores al objeto de que el citado Departamento elabore el documento resumen
correspondiente para su traslado a la Junta Electoral Central. El Ministerio del Interior dará
traslado también de este informe a las Comunidades Autónomas cuyos datos se recojan en
dicho informe.
9.2 Información sobre jornada laboral y permisos.
La Comunidad Autónoma informará al Ministerio del Interior, a medida que se vayan
aprobando, sobre las disposiciones que se adopten en materia de jornada laboral y permisos
de las personas que intervienen en el proceso electoral.
9.3 Decretos de convocatoria.
El Ministerio del Interior pondrá a disposición de la Comunidad Autónoma las instrucciones
que elabore el Boletín Oficial del Estado para la publicación del Decreto de convocatoria de las
elecciones autonómicas.