Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2023061252)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se acuerda la apertura de un periodo de consulta, audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 144/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos municipales, distintos de los biorresiduos, recogidos separadamente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia "Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 69
Miércoles 12 de abril de 2023
23560
Entre otras cuestiones la norma introduce un procedimiento específico para el supuesto en el que no consten para el licitador o el solicitante de ayuda datos de titularidad
real en las bases de datos de la AEAT, habilitando a los órganos responsables de estos
procedimientos a solicitar a los participantes en los procedimientos, la información de
su titularidad real, siempre que la AEAT no disponga de la información de titularidades
reales de la empresa objeto de consulta y así se lo haya indicado mediante la correspondiente bandera negra al responsable de la operación de que se trate.
Esta información deberá aportarse al órgano de contratación o de concesión de subvenciones en el plazo de cinco días hábiles desde que se formule la solicitud de información.
La falta de entrega de dicha información en el plazo señalado será motivo de exclusión
del procedimiento en el que esté participando (artículo 7.3 de la Orden).
Dicha previsión se ha de contemplar obligatoriamente en los pliegos de contratación y
en la normativa reguladora de la subvención.
Igualmente se regulan nuevos modelos de declaración de ausencia de conflicto de interés (anexo I de la Orden) y de confirmación de ausencia de conflicto de interés (anexo
II de la Orden).
De acuerdo con la disposición transitoria única de la citada norma lo establecido en la
misma resultará de aplicación a los procedimientos de concesión de subvenciones o de
contratación cuya convocatoria se publique a partir de la entrada en vigor de la misma,
y teniendo en cuenta que el Decreto 144/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la construcción
de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos
de residuos municipales, distintos de los biorresiduos, recogidos separadamente en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – “Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU”, se publicó en el DOE el
14 de febrero de 2023 y no incorpora las nuevas previsiones de la Orden HFP/55/2023,
de 24 de enero, resulta necesario modificarlo para dar cumplimiento a dichas exigencias.
c) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No existen y/o no constan soluciones alternativas regulatorias, para modifica el Decreto
144/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las
subvenciones públicas destinadas a la construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos municipales, distintos
Miércoles 12 de abril de 2023
23560
Entre otras cuestiones la norma introduce un procedimiento específico para el supuesto en el que no consten para el licitador o el solicitante de ayuda datos de titularidad
real en las bases de datos de la AEAT, habilitando a los órganos responsables de estos
procedimientos a solicitar a los participantes en los procedimientos, la información de
su titularidad real, siempre que la AEAT no disponga de la información de titularidades
reales de la empresa objeto de consulta y así se lo haya indicado mediante la correspondiente bandera negra al responsable de la operación de que se trate.
Esta información deberá aportarse al órgano de contratación o de concesión de subvenciones en el plazo de cinco días hábiles desde que se formule la solicitud de información.
La falta de entrega de dicha información en el plazo señalado será motivo de exclusión
del procedimiento en el que esté participando (artículo 7.3 de la Orden).
Dicha previsión se ha de contemplar obligatoriamente en los pliegos de contratación y
en la normativa reguladora de la subvención.
Igualmente se regulan nuevos modelos de declaración de ausencia de conflicto de interés (anexo I de la Orden) y de confirmación de ausencia de conflicto de interés (anexo
II de la Orden).
De acuerdo con la disposición transitoria única de la citada norma lo establecido en la
misma resultará de aplicación a los procedimientos de concesión de subvenciones o de
contratación cuya convocatoria se publique a partir de la entrada en vigor de la misma,
y teniendo en cuenta que el Decreto 144/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la construcción
de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos
de residuos municipales, distintos de los biorresiduos, recogidos separadamente en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – “Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU”, se publicó en el DOE el
14 de febrero de 2023 y no incorpora las nuevas previsiones de la Orden HFP/55/2023,
de 24 de enero, resulta necesario modificarlo para dar cumplimiento a dichas exigencias.
c) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No existen y/o no constan soluciones alternativas regulatorias, para modifica el Decreto
144/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las
subvenciones públicas destinadas a la construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos municipales, distintos