Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2023061252)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se acuerda la apertura de un periodo de consulta, audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 144/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos municipales, distintos de los biorresiduos, recogidos separadamente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia "Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU".
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NÚMERO 69
Miércoles 12 de abril de 2023

23558

el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, conlleva,
como condiciones de obligado cumplimiento del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, la de respetar el principio de no causar un daño significativo al medioambiente (DNSH, por sus siglas en inglés, Do No Significant Harm), así como las condiciones específicas vinculadas a dicho principio detalladas en los documentos oficiales del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Decisión de Ejecución del Consejo
y sus anexos).
En cumplimiento con el principio de no causar un daño significativo al medioambiente (DNSH), las ayudas reguladas con el presente decreto han sido evaluadas en los
principios establecidos en el Reglamento de Taxonomía, a los seis objetivos medioambientales definidos en el Reglamento (UE) n.º 2020/852 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar
las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088,
la evaluación ha concluido que solo para el principio de transición hacia la economía
circular era preciso realizar una evaluación sustantiva, la cual ha resultado favorable,
teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión, conforme a la Guía técnica
sobre la aplicación del principio de “no causar un perjuicio significativo” en virtud del
Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
En cuanto al etiquetado verde y digital, la inversiones recogidas en el presente decreto
están recogidas en el anexo VI del Reglamento UE 2021/241 del Parlamento Europeo
y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, con campo de intervención 042 Gestión de residuos domésticos: medidas de prevención, minimización, separación, reutilización y reciclado, con
contribución al 100% al objetivo medioambiental, y 40 % a los objetivos climáticos.
Igualmente, las mismas no tienen contribución al etiquetado digital.
Las actuaciones subvencionables son plenamente coherentes con los elementos del Pacto Verde Europeo al estar en línea con los principios de la Economía Circular y el II Plan
de acción de la COM, y contribuyen en su totalidad a alcanzar los objetivos en el ámbito
de los residuos que forman parte de la “transición verde”.
Las medidas incluidas promueven la economía circular, tienen por finalidad la mejora
de las infraestructuras medioambientales en el ámbito de los residuos, así como la reducción de la generación de los residuos y la mejora de los sistemas de gestión de los
mismos; todos ellos ámbitos señalados en el Pacto Verde para alcanzar el objetivo de
neutralidad climática en 2050.En el marco del Pacto Verde Europeo.
Asimismo las medidas del plan forman parte íntegramente de los objetivos medioambientales definidos en el Reglamento (UE) 2020/852 de 18 de junio de 2020 relativo al