Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061259)
Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de 59,8763 hectáreas de olivar y viñas en el paraje de Sacroimperio, cuyo promotor es Manuel Sánchez García, en el término municipal de Lobón (Badajoz). Expte.: IA21/1470.
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NÚMERO 69
Miércoles 12 de abril de 2023
23545
la maquinaria no esté en funcionamiento, ésta permanecerá en los lugares indicados
para ello.
19. Para la obtención de energía eléctrica, se adoptarán medidas encaminadas a reducir la
contaminación atmosférica y los ruidos procedentes del equipo de bombeo, utilizando
energías renovables o limpias como puede ser la fotovoltaica, en detrimento de grupos
generadores de electricidad alimentados a base de combustibles fósiles (gasóleo o
gasolina).
20. En el caso de contar con depósitos de gasoil u otras sustancias potencialmente contaminantes en la explotación, deberá instalarse un cubeto de retención de derrames
accidentales.
21. No podrán verse afectados los elementos estructurales del paisaje agrario de interés
para la biodiversidad (linderos de piedra y de vegetación, muros de piedra, majanos,
regatos, fuentes, pilones, charcas, afloramientos rocosos, etc.).
22. Se respetarán las áreas con vegetación natural existentes entre las zonas de cultivo
y la presente en las lindes de las parcelas y los cauces (aunque sean temporales).
Asimismo, se crearán lindes de vegetación natural en el perímetro de las parcelas de
cultivo (2 metros de anchura mínimo). Estas zonas deberán conservarse íntegramente, fomentando las mismas y evitando cualquier afección negativa, no pudiendo ser
desbrozadas, ni se podrán aplicar herbicidas o plaguicidas y/o realizar quemas o dejar
restos vegetales o residuos en su zona de influencia.
23. El movimiento de tierras será el mínimo imprescindible. Éstos se limitarán a la zona
de obras, estando prohibida la realización de cualquier tipo de desbroces, decapados,
nivelaciones y compactaciones fuera de la zona de actuación.
24. En todo caso se aconseja el fomento de técnicas de agricultura ecológica, evitando la
siega química con herbicida, procurando el mantenimiento de la cubierta vegetal entre
calles y ser eliminada mediante desbrozadoras con roza al aire (desbrozadora manual
o mecánica acoplada a la toma de fuerza de un tractor), para reducir el riesgo de erosión y pérdida de suelo, ventaja que permite que las especies herbáceas anuales que
crecen antes de que el suelo sea labrado, supongan un recurso para algunas especies
fitófagas; y por otra parte la conservación de estos ecosistemas antrópicos precisa de
la continuidad de la intervención humana sobre el territorio, siempre de manera sostenible.
25. En lo referente a la explotación agraria, se deberán cumplir las exigencias que se
recogen en la legislación vigente, en particular, en cuanto a la aplicación de las dosis
Miércoles 12 de abril de 2023
23545
la maquinaria no esté en funcionamiento, ésta permanecerá en los lugares indicados
para ello.
19. Para la obtención de energía eléctrica, se adoptarán medidas encaminadas a reducir la
contaminación atmosférica y los ruidos procedentes del equipo de bombeo, utilizando
energías renovables o limpias como puede ser la fotovoltaica, en detrimento de grupos
generadores de electricidad alimentados a base de combustibles fósiles (gasóleo o
gasolina).
20. En el caso de contar con depósitos de gasoil u otras sustancias potencialmente contaminantes en la explotación, deberá instalarse un cubeto de retención de derrames
accidentales.
21. No podrán verse afectados los elementos estructurales del paisaje agrario de interés
para la biodiversidad (linderos de piedra y de vegetación, muros de piedra, majanos,
regatos, fuentes, pilones, charcas, afloramientos rocosos, etc.).
22. Se respetarán las áreas con vegetación natural existentes entre las zonas de cultivo
y la presente en las lindes de las parcelas y los cauces (aunque sean temporales).
Asimismo, se crearán lindes de vegetación natural en el perímetro de las parcelas de
cultivo (2 metros de anchura mínimo). Estas zonas deberán conservarse íntegramente, fomentando las mismas y evitando cualquier afección negativa, no pudiendo ser
desbrozadas, ni se podrán aplicar herbicidas o plaguicidas y/o realizar quemas o dejar
restos vegetales o residuos en su zona de influencia.
23. El movimiento de tierras será el mínimo imprescindible. Éstos se limitarán a la zona
de obras, estando prohibida la realización de cualquier tipo de desbroces, decapados,
nivelaciones y compactaciones fuera de la zona de actuación.
24. En todo caso se aconseja el fomento de técnicas de agricultura ecológica, evitando la
siega química con herbicida, procurando el mantenimiento de la cubierta vegetal entre
calles y ser eliminada mediante desbrozadoras con roza al aire (desbrozadora manual
o mecánica acoplada a la toma de fuerza de un tractor), para reducir el riesgo de erosión y pérdida de suelo, ventaja que permite que las especies herbáceas anuales que
crecen antes de que el suelo sea labrado, supongan un recurso para algunas especies
fitófagas; y por otra parte la conservación de estos ecosistemas antrópicos precisa de
la continuidad de la intervención humana sobre el territorio, siempre de manera sostenible.
25. En lo referente a la explotación agraria, se deberán cumplir las exigencias que se
recogen en la legislación vigente, en particular, en cuanto a la aplicación de las dosis