Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Premios. (2023050089)
Orden de 31 de marzo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras del Premio Joaquín Sama a la innovación educativa en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 69
Miércoles 12 de abril de 2023
23368
Artículo 7. Obligaciones de los beneficiarios.
1. L
as personas beneficiarias de los premios regulados por la presente orden están sometidos
a las obligaciones previstas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Las personas premiadas, así como las distinguidas con mención honorífica, se comprometen
a presentar los trabajos en las jornadas, exposiciones, congresos u otros actos que organice
la consejería con competencias en materia de educación de la Junta de Extremadura.
Artículo 8. Criterios de valoración.
1. S
e premiarán los mejores trabajos o experiencias que se adecuen a los objetivos y requisitos exigidos esta orden.
2. C
omo criterios de valoración, la comisión tendrá en cuenta en cada uno de los trabajos o
experiencias presentadas, para las modalidades A y B, los siguientes:
a) Responde significativamente a los fines del premio: hasta 10 puntos.
Con este criterio se pretende valorar el grado con que los objetivos del trabajo o experiencia se adecuan a los fines del premio: fomentar la innovación e investigación
educativas en los ámbitos curricular, metodológico, tecnológico, didáctico y organizativo en relación con las temáticas de cada modalidad, en los niveles no universitarios
de nuestra región, potenciando aquellos trabajos que conjuguen la filosofía de Joaquín
Sama con la actualidad del sistema educativo extremeño.
La comisión valorará el grado con el que el proyecto presentado aborde los ámbitos
educativos y/o transversales de la modalidad por la que participa:
• El proyecto incluye trabajos, experiencias y materiales que inciden en el desarrollo de
cuatro de los temas de la modalidad: hasta 10 puntos.
• El proyecto incluye trabajos, experiencias y materiales que inciden en el desarrollo de
tres de los temas de la modalidad: hasta 5 puntos.
• El proyecto incluye trabajos, experiencias y materiales que inciden en el desarrollo de
dos de los temas de la modalidad: hasta 2 puntos.
b) Carácter innovador, creativo y original del proyecto: hasta 35 puntos.
El presente criterio pretende analizar si la experiencia o trabajo se adecúa al contexto
y la realidad del centro educativo contribuyendo a la mejora y a los cambios que se
Miércoles 12 de abril de 2023
23368
Artículo 7. Obligaciones de los beneficiarios.
1. L
as personas beneficiarias de los premios regulados por la presente orden están sometidos
a las obligaciones previstas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Las personas premiadas, así como las distinguidas con mención honorífica, se comprometen
a presentar los trabajos en las jornadas, exposiciones, congresos u otros actos que organice
la consejería con competencias en materia de educación de la Junta de Extremadura.
Artículo 8. Criterios de valoración.
1. S
e premiarán los mejores trabajos o experiencias que se adecuen a los objetivos y requisitos exigidos esta orden.
2. C
omo criterios de valoración, la comisión tendrá en cuenta en cada uno de los trabajos o
experiencias presentadas, para las modalidades A y B, los siguientes:
a) Responde significativamente a los fines del premio: hasta 10 puntos.
Con este criterio se pretende valorar el grado con que los objetivos del trabajo o experiencia se adecuan a los fines del premio: fomentar la innovación e investigación
educativas en los ámbitos curricular, metodológico, tecnológico, didáctico y organizativo en relación con las temáticas de cada modalidad, en los niveles no universitarios
de nuestra región, potenciando aquellos trabajos que conjuguen la filosofía de Joaquín
Sama con la actualidad del sistema educativo extremeño.
La comisión valorará el grado con el que el proyecto presentado aborde los ámbitos
educativos y/o transversales de la modalidad por la que participa:
• El proyecto incluye trabajos, experiencias y materiales que inciden en el desarrollo de
cuatro de los temas de la modalidad: hasta 10 puntos.
• El proyecto incluye trabajos, experiencias y materiales que inciden en el desarrollo de
tres de los temas de la modalidad: hasta 5 puntos.
• El proyecto incluye trabajos, experiencias y materiales que inciden en el desarrollo de
dos de los temas de la modalidad: hasta 2 puntos.
b) Carácter innovador, creativo y original del proyecto: hasta 35 puntos.
El presente criterio pretende analizar si la experiencia o trabajo se adecúa al contexto
y la realidad del centro educativo contribuyendo a la mejora y a los cambios que se