Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023061173)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina de cebo, cuyo titular es José Manuel Méndez Margallo, en el término municipal de Villanueva del Fresno.
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NÚMERO 68
Martes 11 de abril de 2023

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miendan aquellos productos que, entre otras características, requieran de ingestas repetidas, aplicándose en portacebos herméticos rígidos de modo que no tengan acceso otros
animales, o en la entrada de las huras posteriormente tapadas.
• Medidas de integración paisajística.
1. S
 e realizarán plantaciones en aquellas zonas donde la densidad de arbolado es menor,
implantando especies arbóreas (encinas) y/o arbustivas autóctonas a fin de minimizar el
impacto paisajístico. La plantación se realizará en bosquetes, evitándose formas y marcos
regulares.
2. Las plantas a utilizar deberán estar libres de agentes patógenos y provenir de vivero certificado.
3. Se asegurará el éxito de la plantación, para lo cual se realizará un mantenimiento adecuado, así como la reposición de las marras que fueran necesarias. Se realizarán los oportunos
riegos de apoyo durante los primeros años de la plantación.
• Medidas correctoras a aplicar al final de la actividad.
1. A
 l final de la actividad productiva, se procederá al derribo de las construcciones, al desmantelamiento de las instalaciones y al relleno de las fosas. El objetivo de la restauración
será que los terrenos recuperen su aptitud agrícola original, demoliendo adecuadamente
las instalaciones, y retirando los residuos a gestor autorizado.
2. S
 i una vez finalizada la actividad se pretendiera adaptar las instalaciones para otro uso distinto, éstas deberán adecuarse al nuevo uso. Dicha modificación deberá contar con todos
los informes y autorizaciones exigibles en su caso.
• Programa de vigilancia ambiental.
1. E
 l promotor deberá disponer de un programa de vigilancia ambiental que deberá contener,
al menos, un informe anual sobre el seguimiento de las medidas incluidas en el informe de
impacto ambiental.
2. En base al resultado de estos informes se podrán exigir medidas correctoras suplementarias para corregir las posibles deficiencias detectadas, así como otros aspectos relacionados
con el seguimiento ambiental no recogidos inicialmente.
• Condiciones complementarias.
1. D
 eberán cumplirse todas las medidas preventivas y correctoras descritas en el documento
ambiental abreviado, en tanto no entren en contradicción con el condicionado del presente
informe.