Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023061173)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina de cebo, cuyo titular es José Manuel Méndez Margallo, en el término municipal de Villanueva del Fresno.
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NÚMERO 68
Martes 11 de abril de 2023

23208

El/los Instrumento/s de Gestión de aplicación son:
− Plan Director de Red Natura 2000 (anexo II del Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por
el que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura).
2. L
 a Confederación Hidrográfica del Guadiana emite informe en el que indica que las instalaciones ganaderas asociadas a la explotación (naves, lazareto, estercolero, fosa de purines…) se encuentran a más de 100 m de cauces de DPH. Por otra parte, por el interior
de las cercas discurren numerosos cauces que constituyen el DPH del Estado. Cualquier
actuación que se realice en el DPH requiere autorización administrativa previa. Según dicho
informe, no consta que el promotor haya solicitado la pertinente autorización para el cruce
de vallas y/o alambradas con cauces de DPH, así como para la construcción de edificaciones ganaderas, en zona de policía, por lo que deberá solicitarla a ese Organismo de cuenca.
El informe continúa sobre el consumo de aguas, indicando que cualquier uso privativo del
agua en el ámbito competencial de la Confederación Hidrográfica deberá estar amparado
necesariamente por un derecho al uso de la misma. El informe termina con los vertidos al
DPH medidas las cuales han sido incorporadas al presente informe de impacto ambiental.
Se considera que la actividad no causará impactos ambientales significativos siempre y
cuando se cumplan las siguientes medidas preventivas, protectoras, correctoras y complementarias:
• Medidas en la fase de construcción-adaptación.
1. L
 os movimientos de tierra se limitarán a los necesarios para la construcción de las instalaciones auxiliares y obras de adaptación en la nave existente. Estos movimientos de tierra
no deberán provocar procesos erosivos derivados de los mismos. Para las labores de construcción se aprovecharán los caminos existentes.
2. Las naves de secuestro y lazareto deberán contar con solera de hormigón y red de saneamiento para la recogida de purines y aguas de limpieza.
3. A
 decuar las edificaciones e instalaciones auxiliares al entorno rural en el que se ubican. Los
acabados exteriores se realizarán con tonos y colores que se integren y no destaquen en el
entorno. En cualquiera de los elementos constructivos e instalaciones auxiliares no deben
utilizarse tonos llamativos o brillantes.
4. L
 a explotación porcina dispondrá de un sistema estanco para la recogida y almacenamiento
de los purines y de las aguas de limpieza generadas en las naves de secuestro, lazareto
y estercolero, que evite el riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales
y subterráneas. Para ello, dispondrá de red de saneamiento mediante tuberías, y fosa y