Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2023061211)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo en Extremadura, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, para la campaña 2023/2024.
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NÚMERO 67

22448

Lunes 10 de abril de 2023

Con la aprobación de este texto legislativo, el Gobierno establece la normativa básica nacional para las ayudas al sector vitivinícola, en la que se adaptan los tipos de intervención a las
exigencias medioambientales y de adaptación al cambio climático que marca la nueva PAC.
La intervención de reestructuración y reconversión de viñedos contemplada en el real decreto, de conformidad con el artículo 58.1.a) del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, tiene como finalidad incrementar la competitividad de las explotaciones de viñedo, adaptar el cultivo del viñedo al cambio climático y
hacerlo medioambientalmente más sostenible.
Así mismo, será de aplicación Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas, la normativa estatal
reguladora de las penalizaciones y el Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, por el que
se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras
ayudas de la Política Agrícola Común.
Las bases reguladoras de estas ayudas se encuentran establecidas en la Orden de 15 de marzo de 2023, por la que se establecen y regulan las ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Plan Estratégico
de la Política Agraria Común (DOE núm 54, de 20 de marzo de 2023).
Conforme al artículo 24.2 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para
la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (DOE n.º 45, de 8 de marzo de 2021), “cuando las convocatorias
de subvenciones financiables con fondos europeos no estén incluidas en un decreto de bases
reguladoras aprobado conforme al apartado anterior, no será necesaria la autorización previa
del Consejo de Gobierno, cualquiera que sea su cuantía”.
En virtud de las bases reguladoras, y en uso de las competencias atribuidas en el artículo
23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
1. L
 a presente resolución tiene por objeto establecer la convocatoria pública en régimen de
concurrencia competitiva de las ayudas destinadas a apoyar las medidas de reestructuración y reconversión de viñedos en la Comunidad Autónoma de Extremadura dentro de la
Intervención Sectorial Vitivinícola (ISV), en el marco del Plan Estratégico Nacional de la
Política Agrícola Común (PAC) del Reino de España 2023-2027 y en virtud del Real Decreto