Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023061111)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo para las personas trabajadoras de la Agrupación de Cooperativas Valle del Jerte.
40 páginas totales
Página
NÚMERO 67
Lunes 10 de abril de 2023

22640

Preámbulo.
Las partes firmantes del presente convenio manifiestan su voluntad de regular las relaciones
laborales de carácter general para todas las personas trabajadoras de los centros de trabajo
de la empresa Agrupación de Cooperativas Valle del Jerte, denominada ACVJ, y ello con el
objetivo de conseguir un equilibrio entre las necesidades de gestión, producción y operativa
de la empresa y la dinamización de la actividad que desarrollamos.
En este sentido, el convenio colectivo de ACVJ engloba las diversas regulaciones normativolaborales de carácter sectorial y/o empresarial con el fin de homogeneizar las condiciones de
trabajo y disponer de una regulación laboral propia, para el mejor funcionamiento de nuestra
entidad, tanto desde el punto de vista de la empresa, como para las personas trabajadoras
que integran el proyecto empresarial.
Para la negociación del presente convenio se ha estado a lo dispuesto en el artículo 87 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre,
encontrándose plenamente legitimados los firmantes del mismo.
La Agrupación de Cooperativas Valle del Jerte apuesta por puestos estables y duraderos,
dentro de las posibilidades que permite nuestra actividad, la estacionalidad de la misma y la
ubicación de los centros de producción.
Con el objetivo de adaptarnos a los nuevos modelos productivos, a la eficiencia y eficacia de
los mismos, resulta esencial que el convenio colectivo que sea de aplicación sea una herramienta eficaz de gestión, en aspectos como:
— Establecimiento de una clasificación profesional.
— Regulación de una estructura retributiva común.
— Regulación de todas las necesidades de adaptación de la plantilla a los tiempos, de producción reales, que están condicionados por las campañas de producción primaria.
— Contratación de personal con valoración de los currículums.
— La formación profesional.
— Incorporación de medidas de igualdad.
— La prevención de riesgos laborales.
Con estos valores las partes firmantes del presente convenio quieren poner de manifiesto que
el diálogo social es el mejor de los instrumentos para administrar y gestionar la regulación
pactada.