Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023061111)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo para las personas trabajadoras de la Agrupación de Cooperativas Valle del Jerte.
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NÚMERO 67
Lunes 10 de abril de 2023

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• III - Técnicos Superiores/Jefes de Área/operaciones.
• IV - Técnicos especializados.
• V - Administrativos/Técnicos de apoyo.
• VI - Personal auxiliar.
La descripción y funciones de cada uno de los grupos profesionales sería la siguiente:
1.1. Grupo Profesional I: Dirección.
Se incluyen en este grupo aquellos/as trabajadores/as que en el desempeño de su trabajo
requieren un alto grado de conocimientos profesionales, que ejercen mando y responsabilidad directa sobre uno o varios sectores, y sobre otros/as empleados/as, planificando,
organizando, dirigiendo, coordinando y controlando las principales áreas de la empresa,
elaborando planes y acciones a corto y medio plazo para conseguir los objetivos marcados
por la empresa, diseñando las estrategias necesarias y supervisando su aplicación.
Desempeñan la dirección del departamento, bajo las instrucciones de la Dirección General
y de los Órganos de Gobierno de la Cooperativa.
El nombramiento y cese de director/a de departamento corresponde a la Comisión de Personal designada para tal fin por el Consejo Rector de la Cooperativa.
El desempeño de varios puestos de dirección que resulten compatibles no da derecho a la
duplicidad de percepciones salariales, salvo lo que se pacte en cada caso concreto.
Formación: Poseerán titulación universitaria de grado superior o medio (Licenciatura, Diplomatura o Grado), o conocimientos equivalentes admitidos por la empresa, y experiencia
consolidada en el ejercicio de su sector profesional.
Puestos: Dirección Financiera y Administración / Dirección Comercial / Dirección Operaciones, Producción, Calidad & I+D / Dirección Mantenimiento e Inversiones / Dirección
Suministros y Central de Compras / Dirección RRHH / Dirección Informática.
1.2. Grupo Profesional II: Adjuntos a Dirección y Jefes/as de Departamento.
Se incluyen en este grupo aquellos/as trabajadores/as que comportan responsabilidades
completas por la gestión de una o varias áreas funcionales de la empresa, a partir de directrices generales emanadas de personal perteneciente al Grupo Profesional superior.