Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Violencia De Género. Subvenciones. (2023061154)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad A: Proyectos de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género.
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NÚMERO 67
Lunes 10 de abril de 2023



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3º. E
 xperiencia en la realización de proyectos en la materia objeto de subvención. Hasta 10 puntos.



a) Hasta 10 años de experiencia: 4 puntos.



b) Entre más de 10 y 15 años: 7 puntos.



c) Más de 15 años de experiencia: 10 puntos.

La experiencia alegada en este apartado deberá acreditarse con una Memoria que incluya los siguientes datos básicos de los proyectos a los que se haga referencia:


— Descripción del objeto.



— Destinatarios.



— Importe.



— Financiación.



— Actuaciones desarrolladas.



— Fecha del proyecto.



— Cualquier otro dato que se considere relevante.

La citada Memoria tendrá una extensión máxima de 4 páginas en letra Arial 11 con
interlineado de 1,5.
En el supuesto que el proyecto al que se hace referencia vinculados a subvenciones
gestionadas por la Secretaría General de la Consejería de Igualdad y Cooperación para
el Desarrollo, se hará constar dicha circunstancia, identificando el proyecto, no siendo
en estos casos necesario adjuntar la mencionada Memoria.


4º. A
 portación de medios económicos propios cuantificables del proyecto según porcentaje de aportación por la entidad en relación con el coste total del proyecto. Hasta
10 puntos.



a) Desde un 5% hasta un 10%: 2 puntos.



b) Más del 10% y hasta el 20%: 4 puntos.



c) Más del 20% y hasta el 40%: 6 puntos.