Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicio Extremeño De Salud. Subvenciones. (2023061059)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para el año 2023, destinadas a municipios y mancomunidades para la realización de programas de prevención de conductas adictivas.
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NÚMERO 67
Lunes 10 de abril de 2023

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— Documento acreditativo de la representación que ostente la persona solicitante.



— Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, cuando no se haya
autorizado de forma expresa en el anexo de solicitud al órgano gestor para que recabe de oficio esos datos.



— Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones con la Seguridad Social, cuando no se haya autorizado de forma
expresa en el anexo de solicitud al órgano gestor para que recabe de oficio esos datos.



— Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuando no se haya autorizado de forma expresa en el anexo de solicitud al órgano gestor para que recabe de oficio esos datos.



— Documento de alta de terceros debidamente cumplimentado, en caso de no estar
dado de alta, o de modificación de la cuenta de ingreso.

Si la documentación a adjuntar a esta solicitud ya obra en poder de esta Administración
bastará con indicar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados, así
como el número de expediente que le fue comunicado entonces, y será comprobado de
oficio, de conformidad con los previsto por los artículos 28.3 y 53.1.d) de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, siempre que no han transcurrido más de cinco años desde la finalización
del procedimiento al que corresponda.
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente
requerirá al solicitante su presentación, o, en su defecto, la acreditación por otros medios
de los requisitos a que se refiere el documento.
2. Las entidades interesadas podrán participar en una o ambas modalidades.
3. L
 as solicitudes y documentación adjunta irán dirigidas a la Directora General de Salud Pública del Servicio Extremeño de Salud y deberán ser presentadas por medios electrónicos,
de conformidad con el artículo 3.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas.
Su presentación podrá realizarse a través del Registro Electrónico de la Junta de Extremadura
(https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf) de acuerdo con el Decreto
225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los registros electrónicos referidos en
el artículo 16.4.a) de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.