Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2023AC0010)
Acuerdo de 16 de febrero de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal Simplificado de Escurial (PGM).
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NÚMERO 67

22517

Lunes 10 de abril de 2023

ANEXO I
TÍTULO 1.

CONTENIDO COMÚN ESTRUCTURAL

CAPÍTULO 1.1.

DEFINICIONES GENERALES

SUBCAPÍTULO 1.1.1.

DEFINICIONES GENERALES

Artículo 1.1.1.1. Definiciones generales
Los presentes términos, definiciones y conceptos complementan los establecidos en la legislación vigente que tiene
incidencia en la ordenación del territorio y el desarrollo urbanístico de los municipios y sirven de base para fijar los
parámetros urbanísticos.
Parámetros urbanísticos.
Son las variables que regulan los aprovechamientos urbanísticos del suelo y la edificación.
Alineación
Es la línea de proyección que delimita la manzana separándola, de la red viaria y los espacios libres, de uso y dominio
público
Manzana
Es la parcela o conjunto de parcelas aptas para edificar
Parcela o parcela urbanística
Es la unidad de propiedad a la que se le asignan usos y aprovechamientos urbanísticos.
Línea de edificación
Es la línea de proyección que define los planos que delimitan un volumen de edificación.
Ancho de vial
Es la menor de las distancias entre cualquier punto de la alineación y la opuesta del mismo vial.
Rasante
Es la cota que determina la elevación de un punto del terreno respecto de la cartografía que sirve de base al planeamiento.

Artículo 1.1.1.2. Parcela
Parcela edificable
Para que una parcela se considere edificable, ha de pertenecer a una categoría de suelo en que el planeamiento admita la
edificación, tener aprobado definitivamente el planeamiento señalado para el desarrollo del área o sector en que se
encuentre, satisfacer las condiciones de parcela mínima, conforme a la normativa de zona o de desarrollo del
planeamiento, le fuesen aplicables, contar con acceso directo desde vial público, apto para el tráfico rodado, que garantice
el acceso de los servicios de protección contra incendios y la evacuación de sus ocupantes, y contar con agua potable,
sistema de evacuación de aguas residuales y energía eléctrica, si los usos a los que fuese a destinar la edificación
requiriesen tales servicios.
Además, en Suelo Urbano o Urbanizable, deberá tener señaladas alineaciones y rasantes, tener cumplidas las
determinaciones de gestión fijadas por el planeamiento y, en su caso, las correspondientes a la unidad de actuación en
que esté incluida a efectos de beneficios y cargas, haber adquirido el derecho al aprovechamiento urbanístico
correspondiente a la parcela, garantizar o contar con encintado de aceras, abastecimiento de aguas, conexión con la red
de alcantarillado, alumbrado público y suministro de energía eléctrica
Parcela mínima
Se considera que una parcela cumple los requisitos de parcela mínima cuando las dimensiones relativas a su superficie,
longitud de frente de parcela y diámetro del círculo inscrito son superiores a los establecidos.