Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Elecciones. (2023050087)
Orden de 4 de abril de 2023 por la que se actualizan las compensaciones económicas establecidas en el Decreto 31/2003, de 25 de marzo, a percibir por el personal que preste servicios en las Elecciones a la Asamblea de Extremadura de 2023.
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NÚMERO 66
Miércoles 5 de abril de 2023

21476

4.- Cantidades del artículo 4 del Decreto 31/2003, de 25 de marzo.
a) Gratificaciones a los secretarios de los Ayuntamientos, en cuanto Delegados de las Juntas Electorales de Zona:


Secretaría con un número no superior a 10 mesas: 118,90 €.



Secretaría de 11 a 50 mesas: 132,11 €.



Secretaría con más de 50 mesas: 145,33 €.

b) El personal colaborador recibirá la cantidad de 7,03 euros por cada mesa electoral.
Disposición Adicional Primera. Compensaciones al personal de la Administración de
la Comunidad Autónoma.
El personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma que colabore en las
actividades propias del proceso de Elecciones a la Asamblea de Extremadura 2023, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 2/1987, de 16 de marzo, de elecciones a la
Asamblea de Extremadura, percibirá, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto
31/2003, de 25 de marzo, las compensaciones económicas que le correspondan, fijadas, en
base a criterios que se consideren objetivos, mediante resolución del titular de la Vicepresidencia Primera y Consejería Hacienda y Administración Pública.
El pago a representantes de la Administración será conforme a lo establecido en el convenio
en materia de gestión electoral que oportunamente se suscriba entre el Estado (Ministerio del
Interior) y la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo el citado gasto financiado a 50%
por cada administración.
Disposición Adicional Segunda. Actualización del sistema informático de gestión de
compensaciones económicas a percibir por el personal que preste servicios en las
Elecciones a la Asamblea de Extremadura.
La Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura ha actualizado el sistema
informático de gestión de compensaciones económicas a percibir por el personal que preste
servicios en las Elecciones a la Asamblea de Extremadura, con el objetivo de agilizar y simplificar la gestión de las compensaciones económicas y atendiendo a los requisitos establecidos
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A estos efectos, resulta necesario que por las secretarías de las juntas electorales y ayuntamientos se utilice esta aplicación informática a fin de que la Vicepresidencia Primera y