Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Elecciones. (2023050087)
Orden de 4 de abril de 2023 por la que se actualizan las compensaciones económicas establecidas en el Decreto 31/2003, de 25 de marzo, a percibir por el personal que preste servicios en las Elecciones a la Asamblea de Extremadura de 2023.
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NÚMERO 66
Miércoles 5 de abril de 2023

21475

el importe que resulta de aplicar el incremento que han experimentado las retribuciones en
el sector público, de acuerdo con lo dispuesto en las Leyes de Presupuestos Generales del
Estado para los años 2020 a 2023.
Por tanto, las cantidades actualizadas a percibir por el personal que preste servicios en la
Elecciones a la Asamblea de Extremadura de 2023, son las siguientes:
1. Cantidades del artículo 1 del Decreto 31/2003, de 25 de marzo.
Gratificaciones de los miembros de la Junta Electoral de Extremadura:


Presidente: 3.207,05 €.



Vocales: 1.374,45 €.



Secretario: 2.748,90 €.

2. Cantidades del artículo 2 del Decreto 31/2003, de 25 de marzo.
a) Gratificaciones de los miembros de las Juntas Electorales Provinciales:


Presidente: 711,28 €.



Vocales judiciales y delegados de la OCE: 237,09 €.



Vocales no judiciales: 165,96 €.



Secretario: 652,01 €.

b) El personal colaborador recibirá la cantidad de 15,38 euros por cada mesa electoral.
3. Cantidades del artículo 3 del Decreto 31/2003, de 25 de marzo.
a) Gratificaciones de los miembros de las Juntas Electorales de Zona:


Presidente: 492,55 €.



Vocales judiciales: 211,09 €.



Vocales no judiciales: 126,65 €.



Secretarios: 457,36 €.

b) El personal colaborador recibirá la cantidad de 7,03 euros por cada mesa electoral.