Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2023061167)
Extracto de la Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de las subvenciones estatales de la línea específica del programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 66
Miércoles 5 de abril de 2023

22108

EXTRACTO de la Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Secretaría General,
por la que se establece la convocatoria de las subvenciones estatales de la
línea específica del programa de ayuda a las víctimas de violencia de género,
personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y
otras personas especialmente vulnerables para el ejercicio 2023. (2023061167)
BDNS(Identif.): 684906
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarios.
1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las siguientes entidades:
A) Los municipios que tengan una población residente superior a 25.000 habitantes a la
fecha de entrada en vigor de la convocatoria.
B) L
 as entidades del Tercer Sector Social en Extremadura definidas en el artículo 2 de la
Ley 10/2018, de 22 de noviembre, del Tercer Sector Social de Extremadura.
2. S
 on personas destinatarias finales de la ayuda la as mujeres víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.
Segundo. Objeto.
El programa de subvenciones que se convoca tiene por objeto facilitar una solución habitacional inmediata, como medida puntual y extraordinaria, a las mujeres víctimas de violencia de
género, a las personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, a las personas sin hogar
y a otras personas especialmente vulnerables.
Las ayudas se concederán conforme se vayan solicitando por las entidades anteriormente
mencionadas que cumplan los requisitos establecidos, que destinarán las ayudas a facilitar
dicha solución habitacional.
Tercero. Bases reguladoras.
La convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Orden de la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, de 18 de diciembre de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras