Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2023AC0008)
Acuerdo de 22 de diciembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Moraleja.
411 páginas totales
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NÚMERO 66
Miércoles 5 de abril de 2023
21669
desde vial público, apto para el tráfico rodado, que garantice el acceso de los servicios de protección
contra incendios y la evacuación de sus ocupantes, y contar con agua potable, sistema de evacuación de
aguas residuales y energía eléctrica, si los usos a los que fuese a destinar la edificación requiriesen tales
servicios.
Además en Suelo Urbano o Urbanizable, deberá tener señaladas alineaciones y rasantes, tener
cumplidas las determinaciones de gestión fijadas por el planeamiento y, en su caso, las correspondientes a
la unidad de actuación urbanizadora en que este incluida a efectos de beneficios y cargas, haber
adquirido el derecho al aprovechamiento urbanístico correspondiente a la parcela, garantizar o contar con
encintado de aceras, abastecimiento de aguas, conexión con la red de alcantarillado, alumbrado público
y suministro de energía eléctrica.
Artículo 1.1.8. Parcela Mínima
Se considera que una parcela cumple los requisitos de parcela mínima cuando las dimensiones
relativas a su superficie, longitud de frente de parcela y tamaño del circulo inscrito son iguales o superiores a
los establecidos.
Artículo 1.1.9. Parcela Afectada
Es la parcela no edificable existente afectada por instrumentos de gestión del planeamiento.
Artículo 1.1.10. Parcela Protegida
Es la parcela no afectada por instrumentos de gestión del planeamiento, sobre la que no están
permitidas las segregaciones ni las agrupaciones, salvo en las parcelas con dimensiones inferiores a la
parcela mínima, que podrán ser agrupadas con las colindantes.
Artículo 1.1.11. Linderos o Lindes
Son las líneas perimetrales que establecen los límites de una parcela.
Artículo 1.1.12. Fondo de Parcela
Es la distancia máxima entre su frente y cualquier otro punto de la parcela, medida perpendicular al
frente de referencia.
Artículo 1.1.13. Círculo Inscrito
Es el diámetro del circulo que se puede inscribir en la parcela.
Miércoles 5 de abril de 2023
21669
desde vial público, apto para el tráfico rodado, que garantice el acceso de los servicios de protección
contra incendios y la evacuación de sus ocupantes, y contar con agua potable, sistema de evacuación de
aguas residuales y energía eléctrica, si los usos a los que fuese a destinar la edificación requiriesen tales
servicios.
Además en Suelo Urbano o Urbanizable, deberá tener señaladas alineaciones y rasantes, tener
cumplidas las determinaciones de gestión fijadas por el planeamiento y, en su caso, las correspondientes a
la unidad de actuación urbanizadora en que este incluida a efectos de beneficios y cargas, haber
adquirido el derecho al aprovechamiento urbanístico correspondiente a la parcela, garantizar o contar con
encintado de aceras, abastecimiento de aguas, conexión con la red de alcantarillado, alumbrado público
y suministro de energía eléctrica.
Artículo 1.1.8. Parcela Mínima
Se considera que una parcela cumple los requisitos de parcela mínima cuando las dimensiones
relativas a su superficie, longitud de frente de parcela y tamaño del circulo inscrito son iguales o superiores a
los establecidos.
Artículo 1.1.9. Parcela Afectada
Es la parcela no edificable existente afectada por instrumentos de gestión del planeamiento.
Artículo 1.1.10. Parcela Protegida
Es la parcela no afectada por instrumentos de gestión del planeamiento, sobre la que no están
permitidas las segregaciones ni las agrupaciones, salvo en las parcelas con dimensiones inferiores a la
parcela mínima, que podrán ser agrupadas con las colindantes.
Artículo 1.1.11. Linderos o Lindes
Son las líneas perimetrales que establecen los límites de una parcela.
Artículo 1.1.12. Fondo de Parcela
Es la distancia máxima entre su frente y cualquier otro punto de la parcela, medida perpendicular al
frente de referencia.
Artículo 1.1.13. Círculo Inscrito
Es el diámetro del circulo que se puede inscribir en la parcela.