Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2023AC0008)
Acuerdo de 22 de diciembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Moraleja.
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NÚMERO 66
Miércoles 5 de abril de 2023

21691

Artículo 3.1.3. Régimen de los sistemas generales y locales

Constituyen los Sistemas, los elementos cuya finalidad es asegurar el adecuado desarrollo y
funcionamiento del fenómeno urbano.
Se establecen con independencia de la clasificación del suelo en que se implantan, y en función del
ámbito de influencia que tengan se dividen en Sistemas Generales y Sistemas Locales:
Sistema General: Es la dotación integrante de la ordenación estructural establecida por el Plan,
compuesta por los elementos determinantes para el desarrollo urbanístico y, en particular las dotaciones
básicas de comunicaciones, espacios libres y equipamientos comunitarios, cuya finalidad y servicio abarcan
más de una actuación urbanizadora. Tienen siempre condición de bien de dominio público.
Los terrenos integrantes de esta clasificación y que así figuren grafiados en los planos
correspondientes a la Ordenación Estructural, pasarán a Dominio Público, su utilización será libre y

no

podrán ocuparse con instalaciones que suponga una limitación al uso público.
La ejecución de las obras e instalaciones en los sistemas generales deberá llevarse a cabo de
acuerdo con las condiciones, plazos y prioridades previstos en el Plan General y exigirá la efectiva
coordinación de las actuaciones e inversiones públicas y privadas, según los casos, en consonancia con las
previsiones que en este sentido establece el Plan.
En todo caso, la expropiación u ocupación directa de los sistemas generales deberá tener lugar
dentro de los cinco años siguientes a la aprobación del planeamiento de ordenación que legitime la
actividad de ejecución.
La ejecución de los sistemas generales comprenderá las obras de urbanización y edificación que
sean adecuadas en cada caso.
La ejecución de las obras o instalaciones de los sistemas generales será acometida, en todo caso, de
acuerdo con las previsiones del Plan y con base en las siguientes determinaciones:
Por la Administración, de acuerdo con sus competencias y en los términos que se regula por la
legislación de Régimen Local y Urbanística.
La actividad administrativa de ejecución podrá gestionarse de forma tanto directa, como indirecta
mediante atribución a un particular en la condición de agente urbanizador.
Por la Administración Pública y los particulares, de acuerdo con las determinaciones que al respecto
contenga el Plan General.
Podemos clasificar los sistemas generales según su uso en la siguiente distribución:

Sistema General de Comunicaciones Interurbanas:
Constituido por las vías de tráfico más intenso, y que sirven de interconexión de los núcleos urbanos.
Está integrado por la red de carreteras: Nacional, Autonómica y Local.

Sistema General de Infraestructuras:
Constituido por los siguientes elementos:
x

Captaciones, sondeos, depósitos de agua potable.

x

Depuradoras y red general de abastecimiento de agua potable.