Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Igualdad De Género. Subvenciones. (2023061155)
Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas para desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres, destinadas a asociaciones de mujeres, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres correspondiente al año 2023.
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NÚMERO 65
Martes 4 de abril de 2023

21066

c) Realizará las funciones de Secretaria de esta Comisión, con voz pero sin voto, una persona designada entre las que tengan como función la Asesoría Jurídica del IMEX.
4. L
 a Comisión de Valoración se regirá en cuanto a su constitución y funcionamiento por lo
dispuesto en la Sección 3ª del capítulo III del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Noveno. Proyectos subvencionables.
Los proyectos subvencionables tendrán como objetivo principal potenciar la participación social de las mujeres en el ámbito de la igualdad entre mujeres y hombres. Todos los proyectos,
con independencia de su objetivo, incorporarán la perspectiva de género y contemplarán la
participación de mujeres jóvenes menores de 40 años. Podrán ser subvencionables los proyectos que tengan por finalidad la consecución de uno o varios de los siguientes objetivos:
a) Fomentar el trabajo en red entre asociaciones de mujeres que puedan contemplar encuentros territoriales y comarcales.
b) Incorporar al movimiento asociativo grupos de mujeres con especiales necesidades de
visibilización por su situación de vulnerabilidad.
c) 
Prevenir y eliminar los estereotipos de género y contribuir al fomento de la
corresponsabilidad.
d) Educar para la promoción de relaciones sanas e igualitarias.
e) 
Dinamizar los Consejos Municipales de Mujeres como espacios para trabajar por la
igualdad y contra la Violencia de Género.
f) Poner en valor la historia y la experiencia de las asociaciones de mujeres de Extremadura.
g) Formar para el acceso a las tecnologías de la información y comunicación, manejo de
redes sociales y creación de blogs.
Décimo. Gastos subvencionables.
1. S
 erán gastos subvencionables, aquellos gastos que de manera indubitada respondan a la
naturaleza del proyecto subvencionado, resulten estrictamente necesarios para la planificación, organización y desarrollo de los mismos conforme al anexo II aportado y se hayan
generado durante 2023 y se abonen dentro de los periodos de justificación previstos, en
todo caso, serán subvencionables los siguientes:
a. Las retribuciones salariales más las cuotas de cotización a la Seguridad Social que se
deriven del personal que la entidad beneficiaria contrate o tenga contratado para el desarrollo de la actividad.