Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Igualdad De Género. Subvenciones. (2023061155)
Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas para desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres, destinadas a asociaciones de mujeres, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres correspondiente al año 2023.
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NÚMERO 65
Martes 4 de abril de 2023

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samente la oposición de la persona interesada a dicha comprobación en cuyo caso está
vendrá obligada a presentar el documento mencionado.
b) Documento que acredite la representación de la persona solicitante por parte de la asociación o entidad solicitante, será comprobado de oficio, salvo que conste expresamente
oposición de la persona interesada a dicha comprobación en cuyo caso está vendrá
obligada a presentar el documento mencionado.
c) Acreditación de estar inscrita en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma,
al menos un año antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la
convocatoria a la que concurran.
d) Estatutos de la entidad, no estará obligado a aportar siempre que se haga constar la
fecha y órgano o dependencia en que fue presentado y no hayan sido modificados.
2. L
 a entidad interesada deberá aportar, en cualquier caso, la documentación que se indica a
continuación:
a) Justificación de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria y de reunir los requisitos establecidos en la normativa
vigente para obtener la subvención solicitada, mediante declaración responsable, de
acuerdo a lo establecido en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Declaración responsable, en su caso, de haber recibido subvenciones o ayudas para la
misma finalidad, conforme anexo I.
c) Declaración responsable, de la veracidad de los datos consignados en la solicitud, conforme anexo I.
d) Anexo II cumplimentado con la información del proyecto para el que se solicita la ayuda.
3. E
 l órgano instructor podrá consultar o recabar la información necesaria para comprobar los
extremos referidos a la justificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias,
con la seguridad social y con la Hacienda Autonómica siempre que conste la Autorización
expresa de la entidad interesada en la solicitud. A los efectos de esta comprobación en la
solicitud se habilita un apartado para que la entidad solicitante consigne su consentimiento
expreso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la redacción dada
por el artículo 33.2 de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los
procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servi-