Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061128)
Resolución de 27 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental relativa al proyecto de "Ampliación de planta de producción de biocombustibles", en el término municipal de Los Santos de Maimona (Badajoz). Expte.: IA21/0470.
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NÚMERO 65
Martes 4 de abril de 2023

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rrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación
acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas y en el Decreto 19/1997, de 4
de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones.


2. A
 efectos de la justificación de los niveles de ruidos y vibraciones admisibles, la planta funcionará tanto en horario diurno como en horario nocturno.



3. N
 o se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción
externo sobrepase los valores establecidos en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero,
de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones.

e) Contaminación lumínica:


1. L
 as instalaciones y los elementos de iluminación se han de diseñar e instalar de
manera que se prevenga la contaminación lumínica y se favorezca el ahorro, el uso
adecuado y el aprovechamiento de la energía, y ha de contar con los componentes
necesarios para este fin.



2. S
 e minimizará la contaminación lumínica derivada de la instalación al objeto de
preservar al máximo posible las condiciones naturales de las horas nocturnas del
entorno de la misma, en beneficio de la fauna, flora y el ecosistema en general. Para
ello, durante el periodo nocturno sólo permanecerán encendidas las luminarias estrictamente necesarias para el desarrollo correcto de la actividad, garantizando, así
mismo, la seguridad laboral.



3. S
 e instalarán focos de emisión de luz cuyos rayos no sobrepasen la horizontal y que
serán dirigidos únicamente hacia donde sea necesario. Se evitará, por tanto, el uso
de rayos de luz dirigidos hacia el cielo, lo que se conseguirá mediante el empleo de
luminarias con reflectores hacia el suelo.



4. S
 e evitará el uso de fuentes de luz blanca con elevado componente en color azul
por ser el más perjudicial durante la noche. Se recomienda el uso de luminarias con
longitud de onda dentro del rango de luz cálida.



5. L
 a instalación de alumbrado se adecuará a lo indicado en el Real Decreto 1890/2008,
de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética
en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias
EA-01 a EA-07.